La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a un lanzaroteño a catorce años y seis meses de prisión, por un delito continuado de agresión sexual. El ahora condenado, según señala la sentencia, agredió sexualmente a su hija en varias ocasiones, cuando ésta tenía catorce años de edad.
Sin embargo, el hombre, que responde al nombre de José y tiene 40 años de edad, ha sido absuelto de un delito de maltrato habitual del que también se le acusaba.
El condenado deberá indemnizar a la víctima con 18.000 euros. Asimismo, queda inhabilitado durante el tiempo de condena y no podrá acercarse a la víctima, ni a su domicilio o lugar que ella frecuente, en una distancia inferior a 500 metros, durante un período de 20 años.
Los hechos tuvieron lugar en el año 2003, cuando el condenado vivía en Arrecife, junto a su mujer y sus dos hijos. Allí, según la sala, el procesado, guiado "por el propósito de satisfacer sus deseos sexuales y aprovechándose de su relación parental con la menor", realizó tocamientos a la joven "en el pecho y la vagina", "al tiempo que le cogía la mano y agarrándola, la llevaba hacia su pene, pese a la negativa de la menor".
Asimismo, según la sentencia, queda probado que el condenado "la desnudaba completamente, le hacía tumbarse en la cama y le introducía los dedos en la vagina, obligándole a su vez a masturbarle hasta que eyaculara". Igualmente, añade, el procesado intentó "al menos en dos ocasiones" penetrar a la menor, "sin lograr su propósito", al conseguir la joven "zafarse"", aunque profiriéndole expresiones tales como "que era una inútil y no servía para nada, llegando también a empujarle o golpearle diciéndose que no dijera nada".
Como consecuencia de los hechos, la joven presentaba "un cuadro de ansiedad y depresión, con tendencia al suicidio, y una personalidad con carencia de deseo e incapacidad para experimentar en profundidad placer o dolor".
Testimonios
De esta forma, la Audiencia Provincial da "absoluta credibilidad" al testimonio de la joven, al ser "persistente" y mantenerse "en lo esencial" sus declaraciones, tanto en las prestadas en el Juzgado de Instrucción como en la denuncia inicial y las ofrecidas durante el juicio, que tuvo que celebrarse en dos ocasiones, al declararse la nulidad de la sentencia y de la anterior vista. "Dicha declaración se corrobora además con los datos periféricos, informes psicológicos y las declaraciones de los testigos (?)", añade la sentencia.
Según el testimonio de la joven, los hechos sucedían "casi a diario", mientras su madre "estaba trabajando" y se prolongaron "hasta que se fue a vivir a casa de su abuela, con 17 años, a punto de cumplir la mayoría de edad". La joven declaró que volvió de nuevo después al domicilio, "pero sólo con la condición de que su novio viviera también con ella". Asimismo, destacó que "el trato de su padre era peor hacia ella que hacia su hermano".
La madre y el hermano de la joven negaron los malos tratos y los abusos denunciados durante el juicio. Sin embargo, la entonces menor declaró que en una de las ocasiones su hermano, que tenía 9 años, entró en la habitación mientras su padre le estaba tocando. Ambos sostuvieron que el ambiente familiar era bueno y que no había ningñún problema. Sin embargo, añade la sentencia, "de admitir esta visión idílica del entorno familiar, ningún sentido tendría no ya la denuncia interpuesta, sino la circunstancia de haber abandonado la perjudicada el domicilio familiar, siendo incluso menor de edad, para ir a vivir con su abuela, sin que tampoco los testigos ofrecieran una explicación razonable para ello (?)".
Durante el juicio, también declararon el entonces novio de la joven y la abuela de la menor, "quienes merecieron también para la sala toda la credibilidad". El ya ex novio de la víctima declaró que el procesado hacía trabajar mucho a la joven en casa, "que tenía que quitarle los zapatos y los calcetines cuando llegaba al domicilio e incluso en ocasiones afeitarle, trabajando también en un terreno que tenían los padres y que había visto como en ocasiones le chillaba diciéndole 'inútil' o 'hija de puta'. El joven destacó que veía siempre a la chica triste, hasta que un día le confesó que su padre le obligaba a hacerle tocamientos y a masturbarle.
A este testimonio se une el de la abuela, quien también manifestó que siempre veía a su nieta triste y que ésta le había confesado recibir abusos por parte de su padre.
En la vista oral, también declararon dos vecinos, quienes pusieron de manifiesto que se trataba de "una familia correcta". Sin embargo, para la sala estas declaraciones carecen de trascendencia, al tratarse de personas "ajenas al núcleo familiar, que sólo conocen lo que sucedía fuera del domicilio, no en la intimidad".
En cuanto al delito de maltrato, la sala "otorga absoluta credibilidad al testimonio de la menor al relatar cómo su padre le golpeaba en ocasiones en la cabeza o la empujaba, y que le llamaba inútil, pero no se han concretado actos que, al margen de la violencia empleada por su padre para cometer el delito de agresión sexual, justifiquen la condena por un delito de maltrato habitual".