EL RELATO DE LA SUPUESTA VÍCTIMA FUE "EXCESIVAMENTE AMBIGUO"

Absuelven al guardia civil acusado de agresión sexual, malos tratos, amenazas y coacciones a su pareja

La Audiencia Provincial considera que el relato de su ex pareja en el juicio fue "excesivamente ambiguo, no recordando episodios violentos relevantes", que supuestamente se produjeron en Lanzarote y Tenerife, "e incurriendo en contradicciones"...

11 de febrero de 2014 (15:10 CET)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a un guardia civil, que estaba acusado de presuntos delitos de agresión sexual contra su pareja, de malos tratos habituales, de amenazas y de coacciones, en hechos que supuestamente se habían producido en Lanzarote y Tenerife. La sentencia, de fecha de 10 de febrero, también deja sin efecto al orden de protección que tenía la mujer y que fue acordada el 19 de julio de 2010.

La Fiscalía pedía 24 años de cárcel para José María A.B., adscrito a la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de La Laguna. El juicio se celebró a finales de enero a puerta cerrada en Las Palmas de Gran Canaria.

La Audiencia Provincial explica en su fallo que "no ha alcanzado la convicción de que el acusado haya cometido los delitos por los que se le acusa" y, además, insiste en que el relato de su ex pareja en el juicio oral fue "excesivamente ambiguo, no recordando episodios violentos relevantes e incurriendo en contradicciones".

La pareja mantuvo una relación sentimental desde octubre de 2006 hasta diciembre de 2008, con periodos discontinuos en los que cesaba la relación por las discusiones entre ambos. Según la Audiencia Provincial, en este tiempo "no ha resultado acreditado" que el acusado "humillara, vejara o golpeara" a su pareja, y tampoco que la "infundiera miedo con causarle algún mal u obligara a ésta a realizar algo en contra de su voluntad".

Tampoco ha resultado probado otro episodio del que se acusaba a este guardia civil y que supuestamente ocurrió en un hotel de Lanzarote. En este sentido, la sentencia señala que no se ha podido probar que el acusado "empleara fuerza o intimidación para obligar" a la mujer a tener "relaciones sexuales con él, ni que la dejara encerrada en la habitación del hotel en el que se encontraban".

Igualmente, no ha resultado acreditado que el acusado golpeara a finales de agosto de 2007 a la denunciante contra el marco de una puerta y que, a consecuencia de ello, la mujer se astillara una costilla, y tampoco que el guardia civil le propinara en abril de 2008 "cinco o seis bofetadas y la dejara encerrada en la vivienda para posteriormente echarla de la misma".

En la sentencia se hace hincapié en que tampoco se pudo acreditar que el acusado agarrara con fuerza la mano de la mujer, le retorciera la muñeca y golpeara el antebrazo, así como que le empujara contra el televisor. Además, el fallo judicial recuerda que la supuesta víctima denunció los hechos en dos ocasiones, pero en la primera se negó a declarar y en la segunda decidió no seguir con la denuncia, por lo que en ambos casos se sobreseyó la causa. Y en este sentido, la sentencia indica que tampoco resultó probado que el acusado le llamara para "infundirle miedo a fin de obligarle a retirar la denuncia".

 

La declaración de la víctima, "la única prueba de cargo"


La Audiencia Provincial insiste en que la declaración de la supuesta víctima es "la única prueba de cargo" en esta causa y, aunque declaró con "serenidad" en el juicio, "su relato fue excesivamente ambiguo, no recordando episodios violentos relevantes e incurriendo en contradicciones".

En este sentido, el fallo judicial explica que la mujer no recordaba "ninguno de los hechos narrados" en los escritos de acusación supuestamente ocurridos a finales del mes de agosto de 2007 y abril de 2009. Por ello, considera que son "evidentes las imprecisiones y contradicciones de la denunciante" y, además, señala que el testimonio de la mujer no es "totalmente fiable, en atención a sus cambios de versión".

Asimismo, la pericial médica de sus supuestas lesiones no fue concluyente, así como tampoco fueron "contundentes" los informes psicológicos, mientras que los testigos que declararon en el juicio pusieron en evidencia "el carácter inestable" de la mujer. Por todo ello, y porque el relato de la mujer es "demasiado débil para sustentar una sentencia condenatoria", la Audiencia Provincial ha absuelto a este guardia civil de los delitos de agresión, de malos tratos habituales, de amenazas y de coacciones. 

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