El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Las Palmas ha dado la razón al Ayuntamiento de Arrecife en su reclamación a la Autoridad Portuaria de Las Palmas del cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente a sendas fincas, por importe total de 37.604 euros.
El Consistorio cobrará también los intereses generados durante todo el tiempo que ha durado el procedimiento, ya que las liquidaciones fueron suspendidas hasta que el Juzgado dictase sentencia. Ambas sentencias no solo han desestimado los recursos de la Autoridad Portuaria, sino que también le han condenado expresamente a pagar las costas procesales.
El Tribunal ha rechazado las objeciones que fueron planteadas por el ente portuario en su recurso, que alegaba que los bienes gravados no estarían sujetos al mencionado impuesto, así como la supuesta existencia de diversos defectos formales en las liquidaciones, todos los cuales fueron refutados por el Consistorio.
Contra las referidas sentencias no cabe interponer recurso de apelación por lo que, una vez se declaren la firmeza de las mismas, quedará sin efecto la medida cautelar que suspendió el cobro de dicho importe, quedando expedita la vía para reclamar el ingreso de dicha cantidad.