El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) avala que los ayuntamientos puedan obligar a los taxistas a ir uniformados. Así lo ha confirmado en la sentencia dictada el pasado 17 de junio, en la que se desestima un recurso presentado por la asociación Eurotaxis de Arrecife, en contra de la modificación de la ordenanza del servicio aprobada el 20 de agosto de 2008 por el Ayuntamiento capitalino.
En dicha ordenanza, se acordaba la implantación de un sistema único de gestión de flotas, Auriga, así como que los taxistas fueran uniformados y que las facturas por los servicios fueran emitidas a nombre de los propios conductores, y no de la Cooperativa de taxis.
La ordenanza fue recurrida por Eurotaxis de Arrecife al considerar que el Auriga restringía "la libre competencia" y eliminaba "la libertad personal del empresario". Asimismo, la asociación de taxistas mantenía que el uso de uniforme suponía "una discriminación" y una "vulneración del principio de igualdad de trato" respecto a otros sectores, y que la exigencia de factura a nombre del conductor y no de la cooperativa "perjudicaba la existencia de ésta".
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera que el servicio de taxi "no es una actividad privada de interés general, sino un servicio público" y que, por tanto,"se permite que el municipio implante limitaciones" en la forma de prestar el servicio. "Frente al interés empresarial de cada taxista en concreto, se debe priorizar la posibilidad de adopción de medidas que benefician al servicio público de transporte", señala la sentencia, que afirma que esta actividad no es por tanto "completamente libre", aún para "quienes desde su perspectiva personal sólo ven en el servicio un instrumento de negocio privado".
Garantizar "el debido decoro"
En relación al uniforme, la sala considera que el Ayuntamiento tiene potestad para "imponer uniformidad a la vestimenta, pues los taxistas son operadores de un servicio público" y, por tanto, el Ayuntamiento puede exigir esta medida para "garantizar el debido decoro". En este sentido, la sala rechaza los argumentos de Eurotaxi y señala que no basta con alegar "desigualdad", sino que hay que "aportar elementos que constituyan el término de comparación".
En cuanto a la emisión de facturas por parte del conductor, el Tribunal Superior de Justicia alega que "la utilización del recibo con insignias y con los datos de la sociedad cooperativa no respeta el modelo de recibo" que establece la ordenanza municipal del taxi, donde se "prohíbe cualquier tipo de publicidad tanto en el interior como en el exterior del vehículo".
Respecto a la central única, el TSJC considera que queda acreditado que "no se infringe el principio de libertad de empresa", ya que con este sistema se pretendía, "de maneja justificada, mejorar la prestación del servicio".
El Auriga fue impulsado por el Cabildo y para su puesta en marcha se aprobaron ordenanzas en los distintos ayuntamientos de la isla. Sin embargo, los desacuerdos entre el anterior consejero de transportes, los taxistas y los municipios dieron al traste con esta iniciativa. Finalmente, varios ayuntamientos se desmarcarony se impulsó una central al margen del Auriga, en la que se fueron integrando taxistas de distintos municipios, quedando al margen los de Arrecife.