Se declara la nulidad de la licencia concedida por el alcalde de Yaiza a un Hotel en Costa Papagayo y a un complejo de 157 apartamentos en Costa Teguise

El TSJC anula las licencias que autorizaron un hotel y un complejo turístico por violar el PIOT

Las sentencias afectan a casi un millar de plazas turísticas. El consejero de Política Territorial, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico del Cabildo de Lanzarote, Carlos Espino, acaba de informar ( 14:15 ...

12 de enero de 2006 (16:19 CET)
El TSJC anula las licencias que autorizaron un hotel y un complejo turístico por violar el PIOT
El TSJC anula las licencias que autorizaron un hotel y un complejo turístico por violar el PIOT

Las sentencias afectan a casi un millar de plazas turísticas.

El consejero de Política Territorial, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico del Cabildo de Lanzarote, Carlos Espino, acaba de informar ( 14:15 horas) sobre la entrada en la Corporación de dos recientes sentencias judiciales que han sido dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en sendos procedimientos judiciales de los mantenidos por el Cabildo en defensa del PIOT y de su revisión, conocida como Moratoria.

Nulidad de licencias

Ambas sentencias han resultado favorables a las tesis sostenidas por el Cabildo Insular en defensa del actual modelo insular y han declarado "la nulidad de las licencias" concedidas por los ayuntamientos de Yaiza y de Teguise a dos establecimientos turísticos ubicados en ambos municipios, concretamente al Hotel Son Bou (hoy anexo del Hotel Princesa Yaiza) en PLaya Blanca y a un complejo de 157 apartamentos en Costa Teguise.

900 plazas turísticas

En el caso del municipio sureño, se trata de un hotel de tres estrellas situado en la parcela E del plan parcial Costa Papagayo, con un total de 167 plazas turísticas. En relación al municipio de Teguise, esta sentencia afecta a un complejo de 157 apartamentos turísticos de tres estrellas, ubicados en la parcela 214 del plan parcial de Costa Teguise, y que equivalen a 654 camas.

Declaraciones de Espino

El consejero Carlos Espino se felicitaba al entender que "es la primera ocasión en que los tribunales entran a fondo en la plena validez de los preceptos establecidos por el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote".

Según manifestaba Espino, en los próximos días se dará cuenta del contenido de las sentencias y del análisis jurídico de sus consecuencias al Consejo de la Reserva de Biosfera "una vez se haya informado de los mismos aspectos a la totalidad de los grupos políticos que componen la Corporación. Resulta imprescindible" continuaba el consejero, "que tras la confusión, en ocasiones interesada, sobre la posición del Cabildo con respecto a los procedimientos judiciales, la ciudadanía tenga el adecuado conocimiento del contenido de las sentencias y sus implicaciones".

El caso de Yaiza

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) deja sentado que, previa desetimación de la causa de inadmisibilidad invocada por el Ayuntamiento de Yaiza, anula, por no ser conformes a derecho, el Decreto del alcalde de Yaiza, de fecha 9 de octubre de 1998, por el que se concedió a la mercantil Kapell SA licencia de obras para la construcción de un hotel apartamento de 3 estrellas en la parcela E del Plan Parcial Costa Papagayo y la Resolución, de 25 de julio de 2001, que concedió licencia para la ejecución de hotel de cuatro estrellas en la parcela E de la Urbanización Costa Papagayo en Playa Blanca. La sentencia dice textualmente "...el motivo de inadmisibilidad debe ser rechazado pues lo decisivo es que nunca se produjo la notificación fehaciente de la licencia al Cabildo Insular desde el Ayuntamiento, tal y como exige el artículo 10.1 de la Ley de Disciplina Urbanística y Territorial..."

Algunos de los motivos de la nulidad radical son: infracciones al PIOT, ausencia de notificación al Cabildo de la licencia otorgada; el proyecto de ejecución autorizado es nuevo y distinto y por tanto debió rechazarse como proyecto de ejecución del básico anterior; y además el complejo turístico autorizado incumplía la ordenación aplicable tanto a la revisión del PIOT como también los estándares aplicables al suelo turístico regulados. Autoriza diez plazas más de las máximas posibles y tampoco cuenta con los equipamientos complementarios exigibles.

El de Teguise

En el caso de Teguise las infracciones a la legalidad con respecto a la licencia que concedió el alcalde a la mercantil Lanzagal Promotores y Expl. Hot. Canar. Consulting para la construcción de un conjunto de 157 apartamentos turísticos en la parcela 214 del Plan Especial de Costa Teguise son, entre otras: la vulneración del acuerdo de suspensión de otorgamiento de licencias para construcción de nueva oferta turística alojativa que en fecha 14 de enero de 1999 había sido adoptado por el Cabildo en el seno del proceso de revisión del PIOT; inexistencia de intervención del Cabildo, a quien nunca se le solicitó el informe preceptivo de compatibilidad con el PIOT; se otorgó la licencia con el proyecto básico sin condicionar su comienzo a la presentación y aprobación del proyecto de ejecución; la obra autorizada en la licencia carece del preceptivo estudio de seguridad y salud; no existe informe jurídico y no se notificó su otorgamiento al Cabildo.

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