Según explica la FCM después de que el Alto Tribunal de Canarias publicara su dictamen, la sala determina con rotundidad que la ausencia del obligatorio informe de compatibilidad con el Plan Insular de Ordenación del Territorio, que el Ayuntamiento de Yaiza tenía que haber solicitado al Cabildo antes de conceder el permiso para la edificación, implica, por sí solo, la nulidad de la licencia. Según la Fundación, esta sentencia "reconoce, pues, que por encima del planeamiento municipal en zonas turísticas está el PIOT".
Además el dictamen anula la prórroga de la licencia que el Ayuntamiento de Yaiza concedió el 9 de abril de 2003 porque el hotel no estaba construido. El tribunal determina que no se puede pretender "la supervivencia de la licencia otorgada a un proyecto básico en 1998, a todas las leyes que sucedieron a esta Comunidad Autónoma relativas a moratoria turística, ni resucitar licencias anteriores" sin tener en cuenta por parte del consistorio "la normativa vigente".
En el momento en que el Ayuntamiento de Yaiza concedió la prórroga, no verificó, como ya hiciera en 1998, si la licencia para el hotel cumplía con el PIOT ni tampoco si se ajustaba a las normativas en materia de ordenación del territorio que se habían aprobado entre 1998 y 2003, pese a estar obligado. Además el TSJC considera anulada la prórroga porque tampoco se comprobó antes de concederla, si las obras habían comenzado al menos seis meses antes, tal y como obliga la ley.
Criterio firme que marcará tendencia
Según considera la Fundación César Manrique, "estamos probablemente ante la sentencia más importante" que se ha dictado hasta la fecha en lo que concierne a los pleitos que tanto el Cabildo como la FCM mantienen en la defensa del planeamiento insular frente a los planes municipales porque "fortalece de forma explícita el PIOL como instrumento de regulación de los ritmos de crecimiento turístico".
Con este dictamen se asienta un "criterio firme e inequívoco" dictado por el TSJC que podrá marcar una tendencia de cara al futuro en las decenas de pleitos que aún no están resueltos contra licencias otorgadas en zonas turísticas, muchos de ellos vistos para sentencia, y que será resueltos por el mismo tribunal. Existe ya un precedente en el que se aplicó el mismo criterio y cuyo dictamen se hizo público en junio de 2006, en el que se declaraba nula la licencia por la que se construyó el hotel de apartamentos Son Bou, anexo al Hotel Princesa Yaiza en Playa Blanca.
Esta sentencia es firme ya que resuelve el recurso de apelación que interpuso la FCM después de que el Juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Las Plamas estimara inadmisible el primer recurso presentado por la Fundación contra la licencia del hotel en Las Coloradas por considerar que lo habían presentado fuera de tiempo.
El Cabildo destaca la trascendencia del fallo del TSJC
Pocas horas después de que la FCM hiciera pública la sentencia, el Cabildo se ha pronunciado a través del consejero de Política Territorial, Mario Pérez, quien consideró "trascendental" el fallo dictado por el Alto Tribunal de Canarias porque "sienta jurisprudencia" de cara a los pleitos interpuestos por el Cabildo, que se encuentran pendientes de resolución.
El contenido de la sentencia será analizado y debatido este viernes dos de marzo en una sesión extraordinaria de la Comisión Informativa de Política Territorial y Medio Ambiente convocada por el consejero Mario Pérez.
El Ayuntamiento defiende la legalidad del hotel
El consistorio sureño asegura que el TSJC no ha anulado la licencia. Afirman que uno de los tres permisos que hicieron que el hotel esté construido, no ha sido anulado. Se refieren al permiso del cinco de enero de 2001, día en el que se autorizó el inicio de las obras. Permiso que fue demorado el día 9 de abril de 2003 mediante una prórroga concedida por el alcalde de Yaiza que ha sido anulada por el TSJC en la sentencia hecha pública este jueves.