El Pleno del Parlamento de Canarias aprobó hoy el proyecto de ley de modificación de la ley de vivienda de Canarias, que permite, con carácter transitorio hasta que se proceda a la adaptación íntegra de los planes generales de ordenación municipales, la recalificación de suelo rústico en urbanizable, siempre que al menos el 50 por ciento de las parcelas reclasificadas -que deben colindar con suelo urbano- se dedique a viviendas subvencionadas.
La propuesta contó con el respaldo unánime de los grupos parlamentarios, excepto en apartado que prevé la modificación de la ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo -no prevista en la propuesta elevada por el Ejecutivo e introducida en el trámite parlamentario vía enmienda por CC-. Los grupos rechazaron el voto particular presentado por el PSOE para suprimir este apartado, ya que considera que ésta no es la vía la adecuada para modificar las Directrices y proponían que el Ejecutivo plantee estos cambios mediante un proyecto de ley de medidas urgentes.
El diputado socialista, José Alcaraz, indicó que el PSOE "tiene serías dudas de la constitucionalidad de esta modificación" que apuntó se va a realizar sin informes jurídicos, memoria justificativa y sin el pronunciamiento del Consejo Consultivo, una situación que calificó de "improcedente, grave y vergonzante" y afirmó que rompe el consenso básico alcanzado en la Cámara regional sobre las Directrices.
Modificación de la ley
Alcaraz lamentó que la modificación de la ley de vivienda se utilice "como ley escoba" para introducir cambios en las Directrices y defendió que esto se haga a través de un proyecto de ley de medidas urgentes como la vía que aporta "transparencia política y seguridad jurídica, valores que la Cámara debe preservar".
Frente a ello, los portavoces de los grupos de Coalición Canaria (CC) y Partido Popular (PP), José Miguel González y Jorge Rodríguez, respectivamente, defendieron que se trata de una modificación puntual que permitirá desbloquear la tramitación de los planeamientos de desarrollo por parte de las administraciones locales.
Rodríguez (PP) insistió en la necesidad de la medida para el desarrollo de estos planes, y aunque reconoció que la técnica utilizada "a lo mejor no es la más adecuada", estimó que "serían peor las incalculables y desastrosas consecuencias de tener paralizado el planeamiento de desarrollo insular". En esta línea también se pronunció González (CC), quien insistió en que se trata de una modificación puntual y desmintió que con ella se haya roto el consenso alcanzado en la Cámara sobre las Directrices.
La modificación de las Directrices se centra en exceptuar a estos planes territoriales y urbanísticos de la limitación establecida en las Directrices sobre la imposibilidad de continuar la tramitación de ningún plan territorial o urbanístico una vez superado el plazo fijado por las Directrices para la adaptación de los instrumentos de ordenación.
Directrices de Ordenación
Pese a ello, se establece que estos planes tendrán que adaptarse a las determinaciones de las Directrices de Ordenación General. Además, la Administración que los formule deberá justificar su decisión y deberá contar con informe preceptivo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
CC, PP y Grupo Mixto también rechazaron las dos enmiendas presentadas por el PSOE, para ampliar el plazo de información pública a 30 días y para ampliar hasta el 60 por ciento el suelo destinado a vivienda protegida.
El documento aprobado hoy prevé que al menos el 50 por ciento del aprovechamiento del suelo recalificado se destinará a la construcción de viviendas protegidas y en ese porcentaje incluye un 10 por ciento de cesión obligatoria y gratuita, que debe destinarse "inexcusablemente" por la Administración a la promoción de viviendas protegidas de promoción pública. La propuesta del PSOE planteaba que este 10 por ciento se añadiera al 50 por ciento ya destinado a vivienda protegida.
Se establece además que el suelo recalificado no podrá estar encuadrado dentro de las categorías de suelo rústico que alberguen valores naturales o culturales de protección ambiental, ni otras modalidades recogidas por las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. Asimismo, fija que el suelo a reclasificar debe ser contiguo a urbano o a urbanizable y la superficie mínima de nueva clasificación de suelo urbanizable será de 2 hectáreas.