LA AUDIENCIA HA DECLARADO FIRME LA CONDENA A 9 MESES DE CÁRCEL

Chalo Frías, condenado por intentar estafar al Ayuntamiento de Teguise con facturas falsas

La Audiencia Provincial ha ratificado y declarado firme una sentencia contra el copropietario de Crónicas Radio, que le condena a nueve meses de cárcel por un delito de estafa y otro de falsedad documental?

21 de abril de 2014 (22:31 CET)
Chalo Frías, condenado por intentar estafar al Ayuntamiento de Teguise con facturas falsas
Chalo Frías, condenado por intentar estafar al Ayuntamiento de Teguise con facturas falsas

El humorista, presentador y  actualmente copropietario de la cadena Cronicas Radio, Marcial Francisco Frías, conocido como "Chalo", ha sido condenado a nueve meses de cárcel por un delito de falsedad documental y otro de intento de estafa contra el Ayuntamiento de Teguise, al que intentó cobrar varias facturas por trabajos que no consta que se realizaran realmente.

Los hechos se remontan a agosto de 2009, cuando Chalo Frías era empleado de la empresa Opciones Creativas S.L., que entonces era titular de Crónicas. En esas fechas, Frías presentó al Ayuntamiento de Teguise tres facturas utilizando el formato de la empresa en la que trabajaba, "con intención de obtener un beneficio patrimonial ilícito", según la sentencia.

Fue una funcionaria del Consistorio quien advirtió el "engaño" y evitó que se realizaran estos pagos. Además, la propia empresa para la que trabajaba presentó una denuncia contra Chalo Frías y ha ejercido la acusación particular, al sentirse víctima de la estafa. El primer fallo llegó en junio de 2013 y ahora la Audiencia Provincial ha ratificado íntegramente esa primera sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, que ya es firme.

"La intención de intentar obtener un dinero como si fuera publicidad de la empresa parece inequívoca, cuando la empresa Opciones Recreativas SL ya tenía un contrato con el Ayuntamiento de Teguise por el que pagaba una cantidad mensual", sostiene la sentencia de la Audiencia, que subraya además que "los empleados de la plantilla no podían facturar a nombre de la empresa, por lo que el acusado no estaba autorizado para cobrar por cuenta de la empresa factura alguna, y si lo hacía a título particular, no debió utilizar no ya el formato de la plantilla de factura de la empresa, sino dato alguno de la misma".

 

Trabajos "particulares" de los que "no existe la más mínima prueba"


Además, pese a que el acusado declaró durante el juico que las facturas correspondían a trabajos particulares que él realizó para el Ayuntamiento como humorista en distintas fiestas patronales de los pueblos, la Audiencia señala que "no existe la más mínima prueba de que esas facturas respondan a unos servicios realizados por el acusado, salvo su palabra, sin sustento documental o probatorio alguno".

Lo único que aportó Chalo Frías fue la declaración del ex alcalde de Teguise, José Dimas Martín, que fue citado como testigo de la defensa, pero que no convenció al tribunal. "De forma vaga e inconcreta manifestó que llamó al acusado para que interviniera en diferentes fiestas del municipio", señala la Audiencia, que subraya que el ex alcalde "llegó a decir" que él avisó "personalmente" a Frías y que en este caso lo hizo "verbalmente", aunque terminó admitiendo que luego la contratación "tendría que seguir unos trámites".

Según la sentencia, ni siquiera se concretó en "qué fiestas" se realizaron las supuestas actuaciones o trabajos, ni en "qué días, ni quién intervino". Durante el juicio, los funcionarios del Ayuntamiento de Teguise declararon que "desconocían los conceptos a los que se referían las facturas presentadas por el acusado".

De hecho, fueron los propios trabajadores del Consistorio los que pusieron de manifiesto "la duplicidad de conceptos a los que se refieren las facturas", ya que en estas se señalaba que respondían a servicios de publicidad. "Resulta evidente que la finalidad del acusado con la presentación ante el Ayuntamiento de las facturas no era otra que obtener un enriquecimiento patrimonial a costa de aquella administración", sostiene la sentencia.

 

Una corrección "sorprendente" de las facturas


Cuando "una administrativa del Ayuntamiento se dio cuenta y evitó la estafa", "o como dijo ella en el juicio, la duplicidad de gasto por el mismo concepto", según señala la sentencia, el acusado corrigió las facturas y volvió a presentarlas al Consistorio. "Lo que sorprende y que puso de manifiesto la defensa de la acusación particular es que, una vez que el Ayuntamiento advierte el supuesto error se vuelve a confeccionar otras facturas pretendidamente correctas, pero en las que de forma inexplicable continúa utilizándose el concepto de publicidad para ser pagadas", subraya el Tribunal.

En esas facturas presentadas por el acusado, y realizadas con el formato de la empresa para la que entonces trabajaba, ni siquiera aparecía el nombre de Chalo Frías. Las tres, por importe total de 5.974 euros, estaban a nombre de su mujer y su hijo. "El motivo de que aparecieran los mismos no era otro que obtener un trato fiscal favorable respecto de las remuneraciones obtenidas por sus actuaciones como humorista en las diversas fiestas patronales en las que por aquella condición es contratado por los ayuntamientos de la isla de Lanzarote", señala al respecto la sentencia de primera instancia.

Por eso, "a la vista de las manifestaciones del acusado" sobre este asunto, el Juzgado ordenó también que se dé traslado a la Agencia Tributaria "a los efectos administrativos sancionadores que pudieran corresponder contra el penado por la presentación de las facturas a las que se refiere la presente sentencia". 

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