ASCAV pide al Defensor del Pueblo que lleve la Ley de Vivienda Vacacional al Constitucional

Al tratarse de una norma con rango de Ley, los particulares no pueden presentar recurso de inconstitucional ante el Tribunal Constitucional

EKN

4 de marzo de 2026 (14:56 WET)
Doris Borrego, presidenta de ASCAV
Doris Borrego, presidenta de ASCAV

El pasado 13 de diciembre de 2025 entró en vigor la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas en Canarias. 

ASCAV considera que la nueva ley canaria “vulnera frontalmente la Constitución”, ya que “invade la competencia exclusiva del Estado en materia de planificación económica; las competencias de los  Ayuntamientos en materia de urbanismo; así como la legislación administrativa estatal básica y el derecho a la propiedad privada”, entre otros.

Al tratarse de una norma con rango de ley, los particulares (ASCAV incluido) no pueden interponer un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. 

Dicha acción solo la pueden llevar a cabo el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores o los Presidentes de las Asambleas Legislativas.

Así, ASCAV ha presentado ante el Defensor del Pueblo una denuncia al respecto y espera que esta institución “la tome en consideración y presente el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley a fin de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la eventual vulneración de nuestra Carta Magna”.

ASCAV explica también que “el Gobierno de Canarias ha regulado las viviendas vacacionales en Canarias por una norma de rango de ley (y no por un reglamento como hiciese en el año 2015), precisamente para evitar que la norma fuera impugnada ante los tribunales de justicia”.

 

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