EL AYUNTAMIENTO NO COMPARECIÓ EN EL JUICIO PESE A "SU CORRECTA CITACIÓN"

La Justicia anula la reestructuración que se hizo en la Policía Local de Arrecife para crear la USCI

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria considera que "no" es conforme a Derecho al haberse omitido "la obligación de negociación colectiva" 

1 de agosto de 2018 (13:37 CET)
La Justicia anula la reestructuración que se hizo en la Policía Local de Arrecife para crear la USCI
La Justicia anula la reestructuración que se hizo en la Policía Local de Arrecife para crear la USCI

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado la reestruturación de la Policía Local de Arrecife que se llevó a cabo en 2017 con motivo de la puesta en funcionamiento de la USCI, así como los horarios que se fijaron para dicha unidad. En su sentencia, el Juzgado concluye que la reasignación de destinos en la plantillas "no" es conforme a Derecho al haberse omitido "la obligación de negociación colectiva". 

Hay que recordar que la Unidad Seguridad Ciudadana e Intervención se creó en 2012 pero fue disuelta en agosto de 2016, después de que el TSJC anulara el proceso de selección. Sin embargo, en agosto de 2017, el Ayuntamiento volvió a ponerla en marcha. 

Previamente, el 24 de julio, el jefe de la Policía Local de Arrecife emitió un comunicado en el que indicó que, "con motivo de la puesta en funcionamiento de la Unidad de Seguridad Ciudadana e Intervención de la Policía Local de Arrecife, por razones de operatividad y eficiencia y para mejorar los parámetros de eficacia en el servicio, se procedería a una reestructuración de la plantilla", según se explica en la sentencia. Asimismo, dicho comunicado "acordó la apertura de un periodo de diez días para que los miembros de la Policía Local de Arrecife que lo desearan pudieran solicitar su asignación de los grupos operativos de la misma". 

Posteriormente, el 22 de agosto, sobre la base del comunicado anterior, el jefe de la Policía Local "procedió a la reasignación de destinos en la plantilla" y "asignó, en algunos casos, turnos de mañana y tarde y, sólo de forma excepcional, la realización de turnos de noche" pero "varió, en algunos supuestos, la regla habitual de seis días de trabajo efectivo y cuatro días de descanso e indicó, en otros, que el horario de trabajo sería posteriormente comunicado por los mandos encargados de la coordinación". 

 

Fue Intersindical Canaria quien impugnó la reestructuración 


Dicha circunstancia fue impugnada por Intersindical Canaria (IC) a través del delegado sindical Andrés Leandro Martín y posteriormente denunciada en los tribunales de justicia al entender que "no" era conforme a derecho, pues se había "omitido la obligación de previa negociación colectiva en la mesa sectorial correspondiente", que se había dictado "por órgano incompetente" y que se había "modificado el acuerdo laboral vigente sobre jornada y horario de trabajo".

Como prueba, la parte demandante aportó "el acuerdo 2006-09 del Ayuntamiento de Arrecife con la representación sindical de la Policía Local, cuya vigencia actual no ha sido negada por la administración pública demandada", en el que se señala que "los servicios de los distintos grupos operativos se prestarán en turnos de ocho horas efectivas diarias de acuerdo con la siguiente distribución: dos turnos de mañana, dos turnos de tarde, dos turnos de noche, un día de descanso por saliente de servicio de noche y tres días de descanso consecutivo". 

 

El tribunal ordena retrotraer las actuaciones 


El tribunal señala que el jefe de la Policía Local sí tenía competencias para reasignar a la plantilla y "designar al personal que ha de integrar cada una de las unidades y servicios siguiendo los principios de igualdad, mérito y capacidad". Sin embargo, agrega que "en la medida en la que dicha reestructuración de efectivos afecta al sistema de turnos previamente establecido por convenio, es decir, blindado por el marco de la negociación colectiva del que emana y, por ende, al horario de la jornada laboral previamente fijado y a las condiciones de trabajo de los empleados públicos", la decisión que adoptó "no sólo requería la previa negociación colectiva", sino además "su aprobación por el órgano competente de la corporación municipal".

Así, declara "no conforme a Derecho el acto administrativo impugnado", anulándolo y ordenando "la retroacción de actuaciones a fin de dar cumplimiento a la obligación de negociación colectiva en la mesa sectorial correspondiente". 

 

El Ayuntamiento no compareció en el juicio pese a "su correcta citación"


Desde Vecinos Unidos, que es quien ha dado a conocer la sentencia, se señala que su concejal, Andrés Medina, ya advirtió en el pleno celebrado el pasado 26 de julio, tanto a la alcaldesa como al concejal de Policía, de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria había anulado la reestructuración y el sistema de trabajo de la Policía Local y la Unidad de Seguridad Ciudadana e Intervención, "con el agravante de que la representación del Ayuntamiento no acudió al juicio". 

Desde Vecinos Unidos consideran "grave" que el Ayuntamiento no compareciera en la vista, pese a "su correcta citación", según se recoge en la sentencia, donde se señala que la administración fue notificada con fecha de 12 de febrero de 2018 "en la sede de la corporación municipal". Asimismo, Vecinos Unidos afirma que pese a que "la sentencia se hizo oficial el pasado 6 de junio", el grupo de gobierno "ha hecho gala de un mutismo total, dando a entender que no se ha presentado recurso alguno".

LO MAS LEÍDO