El TSJC tumba el intento de legalizar el hotel Papagayo Arena y anula el acuerdo con Yaiza

La propiedad del establecimiento pidió que se diera por ejecutada la sentencia que lo declaró ilegal en base a ese acuerdo, pretensión que también ha sido rechazada por la Sala de lo Contencioso Administrativo

18 de febrero de 2021 (20:32 CET)
Actualizado el 18 de febrero de 2021 (22:10 CET)
Hotel Papagayo Arena

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia anulando el acuerdo alcanzado entre el Ayuntamiento de Yaiza y el Papagayo Arena para intentar legalizar el hotel, estimado así un recurso del Cabildo y de la Fundación César Manrique. 

Dicho acuerdo fue homologado judicialmente en noviembre de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, pero tanto el Cabildo como la FCM presentaron un recurso. Y es que, aunque después de que la Justicia anulase la licencia del Hotel Papagayo Arena se abrió un incidente de ejecución de sentencia en el que ambas instituciones eran parte, no fueron emplazadas en este procedimiento. 

Además, entre otras cuestiones, en su recurso sostenían que el acuerdo "no se ajusta al ordenamiento jurídico por fraude de ley". Al respecto, cabe recordar que el propio Ayuntamiento de Yaiza concluyó en 2016 que el Hotel Papagayo Arena era ilegalizable, desestimando el proyecto que presentó la propiedad para su legalización. El Consistorio advirtió entonces que debía llevarse a cabo una demolición parcial del establecimiento, entre otras cosas porque cerró el acceso a la playa de Las Coloradas, ocupando dos viales peatonales con el edificio.

Sin embargo, en abril del año pasado, la propiedad del hotel solicitó la terminación del incidente de ejecución, al entender que la sentencia había sido ejecutada, y ello en base al acuerdo, mediante mediación judicial, al que había llegado con el Ayuntamiento de Yaiza. El Papagayo Arena alegaba que la sentencia había sido ejecutada "desde el momento en que el Ayuntamiento de Yaiza le requirió para la legalización del hotel, dado que la sentencia no enjuició la edificación hotelera a la normativa y planeamiento urbanístico de aplicación y que el resultado de la solicitud de legalización queda al margen del fallo de la sentencia". 

"No cabe acceder a tal pretensión en cuanto a que la sentencia no ha sido ejecutada en todos sus términos", sostiene sin embargo la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en un auto fechado el 15 de febrero. "El hecho de que exista un acuerdo extrajudicial entre el Ayuntamiento de Yaiza y la propiedad del hotel tampoco conlleva sin más el archivo por pérdida sobrevenida de su objeto", añade además el tribunal, que apunta que "la ejecución de la sentencia requiere la incoación y tramitación del oportuno expediente de legalización, con audiencia de los interesados".

"En definitiva, una vez que el Ayuntamiento haya resuelto acerca de la legalización de la obra, y dictada la oportuna licencia que legalice la construcción, se podrá tener por ejecutada la sentencia. Y en caso de que dicha licencia no pueda ser obtenida, la edificación estará huérfana de licencia y, por tanto, abocada a su demolición", añade la sala. 

Este auto se suma además a la sentencia en la que se anula el acuerdo alcanzado entre el Ayuntamiento de Yaiza y el Papagayo Arena, en la que se revoca la homologación judicial del mismo, ordenando retrotraer las actuaciones "al estado inmediatamente anterior en que tanto el Cabildo Insular de Lanzarote como la Fundación César Manrique debieron ser emplazados en debida forma". 

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