El Juzgado rechaza el acuerdo de La Cueva y obliga al Cabildo a pagar la sentencia con los intereses

Aunque en la adenda firmada en noviembre sí se recogió expresamente la indemnización al Ayuntamiento, que no se incluía en el convenio firmado por San Ginés, el auto señala que se deben incluir también los intereses

15 de diciembre de 2020 (16:23 CET)
Actualizado el 15 de diciembre de 2020 (19:35 CET)
Cueva de los Verdes
Cueva de los Verdes

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5 de Las Palmas ha acordado desestimar el acuerdo alcanzado entre el Cabildo de Lanzarote y el Ayuntamiento de Haría para ejecutar la sentencia de La Cueva de Los Verdes, ya que señala que lo único que pueden acordar ambas partes es la forma de pago, pero sin modificar los términos de aquel fallo. Es decir, que ni el acuerdo firmado en 2016 por Pedro San Ginés -que nunca fue homologado judicialmente- ni la adenda con la que se ha intentado corregir ahora, recogiendo expresamente la indemnización pero renunciando a los intereses, tendrían validez.

Al respecto, el Juzgado recuerda que esa “sentencia firme” condenaba al Cabildo a entregar a Haría “en concepto de indemnización por daños y perjuicios el 100% de los ingresos obtenidos por la venta de entradas a la Cueva de Los Verdes desde el 25 de noviembre de 2010” -que fue cuando el Consistorio instó a la Corporación a abandonar este Centro Turístico- "y hasta que se haga efectiva la restitución de su posesión, más los intereses legales”. Y el problema para el Juzgado está ahora precisamente en esto último, en los intereses.

En la adenda al acuerdo inicial firmado en 2016, que es la que ambas instituciones remitieron el pasado mes de noviembre al Juzgado para su homologación, sí se contemplaba la indemnización, cifrando lo recaudado por la venta de entradas en casi 13 millones de euros, pero acordaban no exigir “los intereses legales que se hubieran podido generar, en aras a favorecer el consenso entre ambas entidades y su pronta resolución”.

Sin embargo, esto precisamente es lo que ha rechazado el Juzgado. “Las partes solo pueden acordar sobre el concreto modo y forma en que se ha de llevar a cabo la ejecución de la sentencia firme de este Juzgado, estando obligadas en todo caso a ejecutar la sentencia de 10 de febrero de 2015 en sus propios y exactos términos. De ahí que no pueda homologarse el acuerdo presentado cuando el mismo determina soslayar el mandato judicial de abono al Ayuntamiento de Haría de los intereses legales”, señala el auto, fechado el pasado 11 de diciembre.

 

El auto deja claro que hay una “sentencia firme” que ejecutar

Cuando la dirección insular de Coalición Canaria se opuso a la aprobación de esa adenda -señalando que suponía una “deslealtad” al acuerdo firmado en su día por Pedro San Ginés y el entonces alcalde de Haría, Marci Acuña-, criticó que el nuevo documento hablara de “indenminzaciones, daños y perjuicios, intereses, etcétera, como si la sentencia hubiera sido firme porque el Cabildo perdió el recurso, en lugar de porque se acordó retirar el mismo para ejecutar un acuerdo con el que superar el conflicto judicial”. Sin embargo, el auto vuelve a dejar claro que eso es precisamente lo que hay que hacer: ejecutar una “sentencia firme”.

Al respecto, el juez cita distinta jurisprudencia para subrayar que un acuerdo transaccional solo puede alcanzarse mientras un pleito sigue sin resolverse, pero no cuando ya hay una sentencia, porque esa opción no está contemplada “en nuestro ordenamiento jurídico”. Así, insiste en que cuando hay una sentencia debe ser “ejecutada en sus propios términos”, “sin que su cumplimiento pueda suspenderse ni proceda declarar la inejecución total o parcial del fallo, salvo que concurran causas de imposibilidad material o legal de ejecutar”.

En este caso, el primero acuerdo entre el Cabildo y Haría se alcanzó cuando ya había un primer fallo y estaba a punto de dictarse la sentencia firme. En ese momento, pidieron que se pusiera “fin al procedimiento”, apelando a ese convenio firmado entre Acuña y San Ginés, pero su pretensión fue rechazada, tal como informó en su día La Voz y como ha venido negando Pedro San Ginés.

"Lo coherente y lógico hubiera sido que las partes apelantes simplemente hubieran desistido del recurso de apelación, como se recoge en la cláusula novena del convenio suscrito", señaló entonces el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que en mayo de 2017 declaró firme la sentencia de primera instancia, tachando de “errática” la actitud procesal del Cabildo en este pleito y confirmando la condena.

En esa resolución, el TSJC remitía a ambas partes a presentar el convenio en la fase de ejecución de sentencia, pero nunca lo hicieron. Después, tras el cambio del grupo de gobierno de Haría y ya con el socialista Alfredo Villalba en la Alcaldía, se abrió una nueva negociación con el Cabildo, en base a los informes municipales que advertían de que ese primer acuerdo era “lesivo” para los intereses del Ayuntamiento, ya que ni siquiera recogía expresamente una indemnización y solo incluía una “declaración de intenciones”.

En ese documento, la Corporación insular se comprometía a invertir 6 millones de euros en Haría en 10 años, aunque apuntaba también que lo haría "en la medida de sus posibilidades". Y lo planteaba como un plan de inversiones para el desarrollo del municipio, pero en ningún momento lo reconocía como el pago de la indemnización a la que fue condenado en una sentencia firme.

Finalmente, las negociaciones concluyeron con una adenda a ese convenio, en la que sí se cuantificaba la indemnización, en base a lo establecido literalmente por la sentencia, pero con la renuncia por parte de Haría a los intereses para “facilitar” al acuerdo, que en esta ocasión sí contaba con informes favorables del Ayuntamiento. Después, tras su aprobación por el Pleno de ambas instituciones y tras su firma, lo remitieron al Juzgado para su homologación, que fue lo que tampoco se hizo en su día, y la respuesta ha sido que el Ayuntamiento no puede renunciar siquiera a los intereses, y que la condena al Cabildo debe cumplirse íntegramente, pudiéndose pactar solo el plan de pago.

La cantidad que tendrá que abonar así la Corporación insular podría aumentar en varios millones de euros, dado el tiempo transcurrido desde el inicio de este pleito, que comenzó en medio del enfrentamiento entre el ex presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, y su ex compañero de partido y entonces alcalde , José Torres Stinga, concejal ahora de la Plataforma Municipal de Haría. Actualmente, pese a lo antagónico de sus posturas -Torres Stinga seguía defendiendo la ejecución íntegra de la sentencia y San Ginés insiste en que no hay sentencia que ejecutar-, sus dos partidos están gobernando juntos en el municipio, tras haber presentado una moción de censura contra Alfredo Villalba, usando como argumento esa adenda al convenio de La Cueva. En el Pleno de Haría, fueron los votos divididos de CC los que permitieron que la adenda saliera adelante, ya que solo uno concejal siguió el mandato de su partido y votó en contra, mientras que otros tres se abstuvieron y uno votó a favor.

LO MAS LEÍDO