Se trata del Acta del Replanteo, que modificó sustancialmente el contrato original; Mario Pérez asegura que conoció la existencia de ese acta cuando la propia constructura la presentó durante el proceso de arbitrio, y desvela que ya se está estu

Un documento firmado sólo por tres técnicos de Inalsa fue clave en el laudo que condena a la empresa a pagar 10 millones de euros de indemnización

El laudo de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Las Palmas que condenó a Inalsa a pagar casi 10 millones de euros a la empresa que construyó la desaladora de Janubio, se basó en un ...

26 de junio de 2006 (04:56 CET)
Un documento firmado sólo por tres técnicos de Inalsa fue clave en el laudo que condena a la empresa a pagar 10 millones de euros de indemnización
Un documento firmado sólo por tres técnicos de Inalsa fue clave en el laudo que condena a la empresa a pagar 10 millones de euros de indemnización

El laudo de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Las Palmas que condenó a Inalsa a pagar casi 10 millones de euros a la empresa que construyó la desaladora de Janubio, se basó en un documento que ha causado verdadero estupor en círculos políticos. Se trata de un acta firmada por tres técnicos de la compañía pública de aguas, sin intervención de ningún representante político, que introduce una modificación sustancial en el contrato original. Y ese documento constituye el principal elemento por el cual la Corte de arbitraje entiende que ha sido Inalsa quien no ha cumplido con el contrato y le obliga a pagar esa suma multimillonaria.

Ese documento, al que tuvo acceso La Voz, salió a la luz como consecuencia del proceso de arbitraje, donde fue presentado por la empresa constructora que demandó a Inalsa, ya que hasta entonces, en el Cabildo y en Inalsa no tenía conocimiento del mismo, según aseguró este viernes el consejero delegado Mario Pérez. Ese escrito fue considerado en el laudo como "una verdadera novación de contrato". La novación es una "sustitución con una obligación de otra otorgada anteriormente, la cual queda anulada en este acto".

Se trata del Acta de Comprobación del Replanteo, un trámite que se realiza ante toda contratación de este tipo y que supone que representantes de ambas partes -en este caso, Inalsa y la UTE- analizan in situ la situación, y se de la "luz verde" para el inicio de las obras. Lo llamativo es que en este caso, el Acta del Replanteo modifica sustancialmente una de las cláusulas del contrato, que es precisamente la que establecía quién era el responsable de conseguir las licencias y autorizaciones pertinentes para ejecutar el proyecto, y sobre quién tenía por tanto que recaer la "culpa" si no se conseguían esos permisos.

Concretamente, lo que ha hecho el Acta del Replanteo es dejar sin efecto, según interpreta el laudo, la cláusula del contrato original que establecía que era la UTE la encargada de hacerse con todas las licencias y autorizaciones, traspasando esa responsabilidad a Inalsa. Y si bien el contrato fue firmado por los por entonces responsables políticos, Enrique Pérez Parrilla como presidente del Cabildo y Plácida Guerra como consejera delegada de Inalsa, en la firma del Acta del Replanteo sólo participaron tres técnicos de Inalsa y el representante de la UTE.

Es decir que han sido tres técnicos los que con esa acta, de fecha 17 de junio de 2003, han hecho recaer en Inalsa las responsabilidades por no haberse conseguido las autorizaciones y licencias para cumplir con el contrato de la desaladora de Janubio, según interpreta el laudo, y sobre lo cual se basa éste.

Los tres técnicos que participaron en la firma de ese acta que se contrapone frontalmente con una de las cláusulas del contrato original son Fernando Pérez Vega, Fernando Castro y Juan M. Bethencourt -los tres de Inalsa-, según consta en el Acta del Replanteo a la que tuvo acceso este medio. Ese documento señala: "A día de hoy, se están tramitando las correspondientes licencias y permisos, con lo que no se dispone de la licencia de obra ni de autorización de ocupación de dominio público ni de vertido, pero dada la necesidad de agua, se iniciarán las obras. En caso de paralización de la obra por este motivo, el plazo de ejecución se aumentará correspondientemente". Y esto es lo que ha dejado la puerta abierta para que la UTE responsabilice a Inalsa por la no finalización aún del proyecto, a lo que el laudo le ha dado la razón.

Pero si esto de por sí es llamativo, más lo es aún si se tiene en cuenta que ese documento que traspasa esas responsabilidades al Cabildo fue firmado un año después de que el Consejo Insular de Aguas señalara en un decreto, ante un informe de sus servicios jurídicos, que era imposible ejecutar el contrato original, porque para la explotación de una planta desaladora "es necesaria la obtención de una concesión, no siendo por tanto suficiente el otorgamiento de una autorización", al tiempo que además señala que Inalsa "carece de habilitación para concertar con terceros la gestión indirecta de la desaladora en cuestión". Esto es así porque la ley impide que un tercero gestione un servio público como lo es el de una planta que abastece de agua a la población. Es decir que si bien se cumplió con la legalidad a la hora de contratar la construcción de la dasaladora, la cláusula que establecía como forma de pago la concesión de su explotación durante 15 años no se ajustaba a la legalidad, según se explicaba en esa resolución del Consejo Insular de Aguas, en base a los informes jurídicos correspondientes.

Imposible de cumplir

En síntesis, el contrato firmado por Enrique Pérez Parrilla y Plácida Guerra no se podía cumplir en todos sus términos porque incumplía la legalidad vigente, y así lo advirtió el Consejo Insular de Aguas, pero no sólo se hizo caso omiso a ello, sino que además los tres técnicos de Inalsa firmaron el acta de replanteo que hizo recaer en el Cabildo cualquier responsabilidad por la no ejecución de dicho contrato por la falta de permisos, según el laudo.

Si no se hubiera firmado esa acta en esos términos, sólo tendría validez lo que señala al respecto el contrato original, firmado el 18 de octubre de 2001, y que en su cláusula sexta es muy claro, ya que señala: "El contratista [es decir, la UTE] será el responsable de obtener todas las autorizaciones y permisos necesarios referentes al Proyecto de la Planta Desaladora y a la ejecución y explotación de la misma".

El consejero delegado Mario Pérez, en declaraciones realizadas este viernes al programa "Buenos días, Lanzarote", de Radio Lanzarote, se manifestó muy sorprendido por los términos de ese acta -cuyo contenido desvela la edición impresa de La Voz de Lanzarote-, de la que afirmó que no tuvo conocimiento de su existencia hasta que se inició el proceso de arbitraje en la Corte de la Cámara de Comercio de Las Palmas. Además, Pérez dijo que le extraña mucho que el Acta del Replanteo está hecha en folios con membrete de la UTE a la que se adjudicaron los trabajos, bajo los logos de Fomento Construcciones y Contratas, Servicios Mediambientales SA y UTE Edam Janubio, y no de Inalsa.

Mario Pérez sostuvo también que además de los recursos de recusación del árbitro y solicitud de nulidad del fallo, y de otro recurso que se presentará ante la Audiencia Provincial, ya se está analizando la posibilidad de presentar denuncias por la vía penal, y que estarían dirigidas a aquellas personas a las cuales en tal extremo, Inalsa y el Cabildo consideren que han podido incurrir en un delito en la tramitación de lo relacionado con el proyecto de la desaladora de Janubio.

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