POR TRABAJOS CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA

El Juzgado suspende otra reclamación de Urbaser al Ayuntamiento de 156.932,69 euros

Hasta que finalice el juicio que se sigue contra la empresa en el caso Unión, ya que "los pronunciamientos de la jurisdicción penal son esenciales y condicionantes de la decisión de la jurisdicción contencioso-administrativa", señala

7 de junio de 2017 (21:00 CET)
Actualizado el 2 de julio de 2020 (22:54 CET)

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón a las tesis del Ayuntamiento de Arrecife respecto al pago de 156.932,69 euros, reclamados por la empresa Urbaser en concepto de intereses de demora por trabajos correspondientes a la prestación del servicio de limpieza viaria amparado en el contrato que se adjudicó a dicha mercantil en el año 1998.

La Sala ha suspendido el plazo para dictar sentencia en esta causa hasta el fin del juicio criminal que se sigue contra la empresa en el caso Unión, ya que considera que "los pronunciamientos de la jurisdicción penal son esenciales y condicionantes de la decisión de la jurisdicción contencioso-administrativa". Según la sentencia, "no se trata únicamente de la adjudicación del contrato de residuos como hecho delictivo, sino de la constitución de un entramado societario para el desfalco del Ayuntamiento de Arrecife, a través de un contrato de residuos calificado como uno de los más caros de España, o de revisar los precios fijados de limpieza y parques y jardines para obtener fondos públicos de manera ilícita".

El Juzgado abunda en su posición al añadir que "ante la pretensión de abono de los intereses de demora por los trabajos de prestación del servicio de limpieza viaria en zonas sectorizadas de Arrecife, objeto del presente proceso, la existencia de dicho procedimiento penal, amén de incidir decisivamente en la resolución del presente recurso, impide continuar con su tramitación a los efectos de dictar sentencia en el mismo, y procede decretar su suspensión hasta la resolución de la causa judicial".

De este modo el Juzgado aplica a esta reclamación de Urbaser el criterio que estableció el Tribunal Superior de Justicia en la sentencia fiirme que dictó el pasado 23 de febrero de 2017 en la que declaró suspender el pleito interpuesto por la empresa en la que reclamaba varios millones de euros por los contratos de conservación de parques y jardines, recogida residuos sólidos urbanos y limpieza viaria procedimiento "hasta que recaiga sentencia firme en el caso Unión", .

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