"LA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA ES UNA CHAPUZA"

El Gobierno canario presenta el recurso de alzada contra la autorización a Repsol

Fernando Ríos destaca que la resolución del Ministerio de Industria "es una chapuza que ni siquiera contesta a las miles de alegaciones presentadas"...

8 de septiembre de 2014 (19:52 CET)

El Gobierno de Canarias ya ha presentado ante la Secretaria de Estado de Energía el recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Repsol la ejecución de las prospecciones en aguas canarias.

Según el comisionado para el Desarrollo del Autogobierno y las Reformas Institucionales, Fernando Ríos, "existen distintos argumentos que fundamentan el recurso, entre los que cabe destacar, como se ha denunciado a lo largo de estos dos años, que el expediente instruido por el Ministerio de Industria es una auténtica chapuza". 

El comisionado añade que la autorización "presenta numerosos defectos formales, tales como no haberse sacado a información pública parte importante de la documentación medioambiental, hurtándose a los ciudadanos el conocimiento de información relevante; o que la declaración de impacto ambiental (DIA) haya sido emitida sin que el Ministerio de Medioambiente conociera informes sobre aspectos esenciales del proyecto, que afectan directamente no solo a la flora y fauna sino incluso a la salud de las personas, o, en fin, que ni siquiera se ha tenido en cuenta ni contestado las miles de alegaciones realizadas por ciudadanos, colectivos y Administraciones, tal como establecen los artículos 9.5 TRLEIA y 87 LRJAP-PAC, lo que vicia de nulidad todo el procedimiento".

 

"No realiza un estudio científico adecuado"


Para Ríos, "el estudio de impacto realizado por Repsol no realiza un estudio científico adecuado sobre los cambios estacionales, oceanográficos, climáticos, etc.; ni alcanza los objetivos propuestos con el diseño de muestreo utilizado; ni permite detectar impactos en el futuro".

En su opinión, "el estudio de Repsol ignora las posibles afecciones a espacios incluidos dentro de la Red Natura 2000, donde se ha registrado la presencia de 30 especies de cetáceos, sin que se haya descartado la presencia de ninguna de ellas en el área de prospección; a escasos kilómetros de los puntos de sondeo se encuentra una las áreas marinas más importantes de Europa en cuanto a biodiversidad, en trámite de ser declarada Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), lo que supone una vulneración de la normativa europea".

El comisionado del Gobierno de Canarias recrimina a Repsol que se escude en la ausencia de información para no reconocer la rica biodiversidad de la zona porque, dice, "lo cierto es que un informe realizado a instancias de la propia Repsol en 2003 reconoce la importancia del área de los sondeos para los cetáceos y tortugas marinas, especialmente para especies protegidas por normativa europea (delfín mular y tortuga boba)".

Por otra parte, Fernando Ríos considera que sería razón suficiente para la interposición del recurso que "la declaración de impacto ambiental realizada por el Ministerio de Medioambiente prácticamente solo recoja las opiniones de Repsol, por lo que técnicamente no garantiza la viabilidad ambiental del proyecto, al no entrar a corregir las principales deficiencias derivadas de la mala praxis de la técnica de evaluación empleada en el estudio de impacto ambiental". Además, considera que "se vulnera el principio de prevención al remitir la elaboración y la valoración ambiental de numerosos aspectos ambientales a fases posteriores a la emisión de la propia declaración de impacto ambiental".

 

"Contradicción" del Estado


Por último, según Ríos, "también es destacable la contradicción del Estado al autorizar las prospecciones, ya que en 2007 ya advertía que la realización de actividades que incluyan el uso de sonares activos de baja y media frecuencia y alta intensidad, especialmente los utilizados en maniobras militares, actividades de prospección o explotación petrolera o de gas o estudios sísmicos u oceanográficos que incluyan dichas emisiones, deben prohibirse".

Por todas esas razones, el Gobierno de Canarias solicita que se declare la nulidad de la Resolución recurrida de conformidad con el artículo 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, "habida cuenta que tanto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la documentación técnica y ambiental como la propia declaración de impacto ambiental presentan omisiones carencias, deficiencias, contradicciones e incertidumbres que lo vician de invalidez, con el ruego de que se ordene retrotraer el procedimiento al trámite de información pública".

Fernando Ríos ha indicado que "para evitar los graves perjuicios de imposible o difícil reparación que ocasionaría la ejecución de las prospecciones, se ha solicitado la suspensión de la autorización hasta que se resuelva el recurso". En caso de que el recurso se desestime, el Gobierno de Canarias podrá acudir a la Audiencia Nacional, en lo que será otro largo proceso judicial en contra de las prospecciones petrolíferas en aguas canarias.

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