El edil de Urbanismo asegura que la sentencia no tiene consecuencias

El Ayuntamiento recurrió al Supremo la anulación del Plan Parcial del Golf de Puerto del Carmen

José Antonio Gutiérrez,concejal de Urbanismo de Tías, ha anunciado que el Ayuntamiento recurrió al Supremo la sentencia del TSJC que anula el plan Parcial del Campo de Golf de Puerto de Carmen. "No hacerlo sería ...

13 de noviembre de 2008 (00:00 CET)
El Ayuntamiento recurrió al Supremo la anulación del Plan Parcial del Golf de Puerto del Carmen
El Ayuntamiento recurrió al Supremo la anulación del Plan Parcial del Golf de Puerto del Carmen

José Antonio Gutiérrez,concejal de Urbanismo de Tías, ha anunciado que el Ayuntamiento recurrió al Supremo la sentencia del TSJC que anula el plan Parcial del Campo de Golf de Puerto de Carmen. "No hacerlo sería ir en contra del convencimiento que tenemos de reducir la capacidad de carga de la isla y del espíritu de la moratoria insular". Y es que según Gutiérrez, "el Tribunal, más allá de lo que denuncia el recurrente, lo que estima como realmente importante para su anulación fue la modificación del plan, que interpreta como una adaptación a la moratoria. Y comoquiera que la moratoria ha sido anulada en sucesivas sentencias por el TSJC esta modificación también la estima nula "

Por contra, para el PP de Tías lo más destacado de esta sentencia, es que el Tribunal anula el plan parcial por un defecto formal, dado que reconoce que el ayuntamiento no notificó a la recurrente, propietaria de una parcela afectada por el plan parcial, la aprobación definitiva del mismo. Este argumento, asegura el PP, es el que lleva a la sala a no entrar en la valoración del resto de pretensiones del recurso presentado. Los concejales populares de Tías van a solicitar un informe jurídico sobre esta cuestión para conocer los efectos y el alcance de la sentencia.

Para el Concejal de Urbanismo, esta sentencia, dictada por el TSJC en junio, aunque se ha dado a conocer durante la semana, no tiene mayores consecuencias para el Plan y las instalaciones que se han llevado a cabo sobre el mismo, como el Campo de golf, ni tampoco sobre las que están previstas. De hecho entiende que esas actuaciones podrían desarrollarse dado que se contemplan en el Plan General vigente. "La sentencia no tiene consecuencias porque lo que viene a decir es que la anulación del plan parcial tiene que ver con la falta de cobertura jurídica por haberse anulado la moratoria insular. Pero nosotros hemos aprobado en 2005 el Plan General y ahí queda reflejada y por tanto tiene cobertura la modificación que se hizo,la única manera en que podría derivarse consecuencias para esta zona es si el tribunal Supremo llegara en algún momento a ratificar la anulación de la moratoria insular."

El concejal subraya que es importante "recordar que la modificación de este plan parcial tuvo como objeto reducir el número de plazas del hotel previsto en esos terrenos, que pasó de tener 900 a 600 camas, lo que ha sido interpretado por el Tribunal Canario como una adaptación a la moratoria, lo que redunda en la nulidad del mismo según la sentencia"

Si bien al ayuntamiento de Tías le cuesta entender que haya sido precisamente por reducir el número de camas por lo que se anule este plan y aseguran que sería más lógico si se anulara por un aumento de la capacidad de carga.

Por otro lado considera que "este plan parcial provenía de las normas subsidiarias, normas que han sido superadas por el Plan General vigente, ahora en fase de adaptación a la ley de directrices" .

Al no ser sentencia firme, el ayuntamiento ha entendido oportuno recurrir al supremo "creemos que es conveniente y está de acuerdo con el espíritu de no crecer más y consideramos un error volver a planes que tuvieran una mayor carga".

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