El TSJC rechaza imponer el 'toque de queda' en Canarias

El Gobierno canario pretendía adoptar esta medida para frenar los contagios en las islas con niveles de alerta 3 y 4

14 de julio de 2021 (11:09 CET)
Actualizado el 14 de julio de 2021 (12:57 CET)
Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife
Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha acordado no autorizar la nueva medida solicitada por el Gobierno regional para intentar controlar los contagios de Covid-19, por lo que no se podrá imponer el toque de queda en ninguna isla.

El Ejecutivo pretendía restringir la movilidad noctura en las islas en nivel 3 y 4 de alerta sanitaria, algo que por el momento iba a afectar a la isla de Tenerife. Sin embargo, pese a que la Fiscalía se pronunció a favor, el TSJC ha rechazado esta petición.

En su auto, la Sala de lo Contencioso Administrativo concluye que no es "proporcionada la restricción de la libertad de circulación para impedir botellones en espacios públicos”.

El órgano judicial recuerda que ya advirtió en su resolución del pasado 9 de mayo -confirmada por el Tribunal Supremo- que si lo que se pretende “es evitar determinadas conductas que puedan entrañar un mayor riesgo para la salud pública porque se considera que las mismas habitualmente, por costumbre social, se desarrollan de noche”, cuentan los poderes públicos “con otros instrumentos jurídicos de intervención menos lesivos”, como pudieran ser la Ley de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos o la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Además, el Tribunal sostiene que “no se ha acreditado que la situación en la que se encuentra la epidemia represente un peligro tan grave e inminente para la salud y la capacidad asistencial que justifique esta excepción, habiendo medios ordinarios menos restrictivos de los derechos fundamentales para resolver la problemática que se plantea de modo que sea la responsabilidad individual y el autocontrol de las personas la razón del cumplimiento de las medidas por su propio interés y por su deber de no dañar a los demás, evitándose así el efecto rebote que genera el levantamiento de las prohibiciones impuestas de manera tan drástica que, cuando desaparecen, se olvida que no ha terminado una fatalidad que, como otras, parece que hemos de conllevar de por vida si la Medicina no lo remedia”.

La resolución es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo, aunque este órgano ya ha rechazado medidas similares propuestas por otras comunidades y por el propio Gobierno de Canarias, tal como recuerda el auto.

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