El Supremo archiva la causa contra Pedro San Ginés por falso testimonio y denuncia falsa

Esta decisión llega después de que este pasado jueves el alto tribunal decretase el archivo de otra causa contra el senador por los contratos a Ignacio Calatayud

19 de abril de 2024 (14:27 CET)
Actualizado el 19 de abril de 2024 (18:11 CET)
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados para declarar como imputado
Pedro San Ginés, entrando a los Juzgados para declarar como imputado

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Vicente Magro, en su calidad de instructor, ha acordado el sobreseimiento libre y el archivo definitivo de la causa abierta el pasado mes de enero al senador y expresidente del Cabildo de Lanzarote Pedro Manuel Sanginés Gutiérrez, al descartar que los hechos investigados "sean constitutivos de delito de denuncia falsa y falso testimonio".

El juez adopta la decisión tras tomar declaración como investigado al senador el pasado martes 16 de abril.

En un auto de 17 folios, el instructor concluye que "no hubo en el senador intención de faltar a la verdad en su testimonio sobre presuntas irregularidades en la contratación referidas a una determinada empresa y a responsables de la misma".

Además "añade que el hecho de que la investigación judicial por dichas irregularidades concluyese en un auto de archivo, no puede suponer de forma automática una exigencia de responsabilidades penales al denunciante".

“Esto ocurre con suma frecuencia en procedimientos penales de investigación a raíz de denuncias formuladas que no tienen por qué ser falsas por la circunstancia de que después de un largo proceso de investigación sean archivadas las diligencias”, expone el auto.

La decisión de archivo se suma a la adoptada este, jueves, por la Sala Penal del Tribunal Supremo en relación a otro asunto también relativo al aforado Pedro Sanginés, en el que se investigan presuntos delitos de prevaricación, fraude a la administración, tráfico de influencias, apropiación indebida y deslealtad profesional.

La Sala acordó no admitir a trámite la causa contra el aforado, y acordar el archivo de las actuaciones respecto al mismo, con devolución al juzgado de instrucción número 4 de Arrecife del asunto para que continúe con la investigación de los hechos, respecto de los extremos referidos o en relación con la actuación de las personas no aforadas y mencionadas en la Exposición Razonada enviada por el juez al Supremo.  Ese caso se refiere a la contratación irregular de un abogado en empresas públicas de Lanzarote.

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