TODOS LOS PERITOS CONFIRMAN QUE ES SUELO PROTEGIDO Y NO SE PUEDE CONSTRUIR

La defensa alega que la casa de Dimas sería "legalizable" si se considerara de interés público

Ha apelado a un artículo de la ley canaria para casos excepcionales. "No sabemos si quiere hacer una piscina municipal. Igual sí, por las dimensiones", ha ironizado el fiscal

10 de febrero de 2017 (10:04 CET)
La defensa alega que la casa de Dimas sería legalizable si se considerara de interés público
La defensa alega que la casa de Dimas sería legalizable si se considerara de interés público

El abogado de Dimas Martín, Manuel González Peeters, ha centrado su alegato final en el juicio de Los Rostros en sostener que los hechos que han vuelto a llevar a su cliente al banquillo no constituyen un delito contra la ordenación del territorio, sino en todo caso una infracción administrativa. "Si existe una mínima posibilidad de que sea legalizado, no cabe acudir a la vía penal", ha sostenido el conocido letrado, que entre otros representa a uno de los dos principales acusados en el caso Nóos, el ex socio de Iñaki Urgandarín, Diego Torres

La afirmación del abogado ha llegado después de que todos los peritos confirmaran que las obras, consistentes entre otras cosas en la construcción de "tres habitaciones" y "una piscina", se ubican en suelo protegido, por lo que ni son legales "ni podrían legalizarse". Sin embargo, para intentar sostener lo contrario, Peeters se ha referido insistentemente, durante los interrogatorios y también en sus conclusiones, a un artículo de la ley del territorio de Canarias, que permite "con carácter excepcional" autorizar proyectos en suelo rústico "por razón de interés público o social".

"¡Pero esto es la vivienda de un particular!", le ha respondido una de las peritos que han declarado durante el juicio, la técnico de la Apmun Elisa Perdomo. El abogado le ha remitido a ese artículo de la Ley después de que ella declarara que la construcción es ilegalizable. "Eso es para proyectos de interés público", le ha contestado la perito, a lo que el abogado ha insistido con un: "pero podría habilitar". "No para viviendas particulares", ha vuelto a contestar la técnico, que ha dejado claro que la construcción se realizó dentro del Parque Natural de Los Volcanes y por tanto en suelo protegido que no permite ese tipo de obra.

La misma escena se ha repetido después con la perito que ha declarado como técnico del Cabildo, Amada Fontes, que ha rechazado con contundencia que la "excepción a la que se refiere" el letrado pueda aplicarse en este caso. "El PIOT dice que no se permite ningún tipo de obra", ha subrayado, aclarando que solo podría tener cabida un centro de interpretación o un centro de visitantes del parque natural. "Solo podría permitirse una obra de interés general, no de interés particular", ha repetido. Además, incluso aunque se tratara de una obra de la administración, ha señalado que "habría que verlo" y estudiar el caso concreto para ver si podría autorizarse.

 

"Para todos está claro que es una piscina"


"No sabemos si quiere hacer una piscina municipal. Igual sí, por las dimensiones", ha ironizado el fiscal, Javier Ródenas, al presentar sus conclusiones. Así ha respondido a ese argumento de la defensa, señalando que está "descartado", porque la ampliación de la casa familiar de Dimas Martín en Los Rostros "no es de interés público".

Además, también ha hecho otras referencias a la piscina, dado que la defensa ha planteado en varias ocasiones durante el juicio que el hueco excavado frente a la casa podría ser para un aljibe. "Para todos está claro que era una piscina", ha señalado Ródenas, refiriéndose a las declaraciones y los informes de todos los testigos y de los peritos que han visitado la finca para hacer sus informes. Y también ha aludido a las conversaciones telefónicas escuchadas durante el juicio, en las que tras recibir una primera inspección del Seprona y otra de la Policía Local, el propio Dimas decía que en el expediente alegaría que "la piscina", que no llegó a terminarse, "lleva ahí dos siglos".

Manuel González Peeters abogado Dimas El abogado de Dimas, Manuel González Peeters, durante el juicio

Sobre este tema también ha preguntado el abogado de Dimas a los peritos, y con especial contundencia le ha respondido la del Cabildo, cuando el letrado le ha planteado si no podía ser que el hueco fuera para un aljibe que aún no se había techado. "Perdone que le diga pero con ese sistema de construcción, el aljibe estallaría", ha afirmado la perito, que ha explicado cómo debe realizarse ese tipo de obra. "Pues la piscina, me es indiferente", ha terminado respondiendo el abogado de Dimas, para pasar a otro tema del interrogatorio.

 

Los peritos tiran por tierra las referencias al Plan del 73


Otra pregunta que ha repetido el letrado a peritos y testigos ha girado sobre el Plan General de Yaiza que estaba en vigor cuando se realizaron las obras, es decir, el de 1973. Desde el primer día del juicio, el letrado ha sostenido que en ese Plan, la zona donde se hicieron las obras está clasificada como suelo de reserva urbana. A esto, tanto la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, como todos los técnicos y peritos que han declarado durante el juicio, han respondido que el Plan General no es de aplicación en esa zona, porque al tratarse de un parque natural no tiene competencias sobre él.

Sin embargo, las declaraciones de este jueves han ido aún más allá. Y es que la perito del Cabildo ha negado incluso que el Plan General lo clasifique como suelo de reserva urbana, como había sosteniendo el abogado de Dimas. "Suelo rústico de protección, área paisajística", ha respondido con contundencia, cuando el letrado le ha preguntado cómo figura ese suelo en el Plan que estaba en vigor en el municipio. Y lo mismo había declarado antes el jefe de la Oficina Técnica de Yaiza, Antonio Lorenzo, que ha comparecido como testigo. 

En su caso, el abogado de Dimas ha puesto en duda esa afirmación, ya que Lorenzo la había precedido de un "creo". Y también ha puesto en duda el punto que ha señalado el jefe de la Oficina Técnica para ubicar la finca de Dimas, cuando el letrado le ha mostrado un folio con un mapa de Grafcan que él mismo aportado a la causa. De hecho, el abogado se lo ha llegado a discutir, afirmando que él había estado en la finca el día anterior y que no se ubicaba donde estaba señalando el técnico. Sin embargo, cuando después ha declarado la perito y se ha repetido la escena, ella ha vuelto a señalar el mismo punto que Lorenzo y ha respondido sin vacilar que, incluso en el Plan de Yaiza, figuraba como suelo protegido. 

En cualquier caso, tanto esta perito como todos las demás personas que han declarado sobre este tema han coincidido en que es indiferente qué clasificación tuviera en el PGOU, dado que en un parque natural, "la ordenación pormenorizada no le corresponde al Plan General". En el caso de éste, se rige por el PIOT, donde nadie, ni siquiera la defensa, ha planteado dudas de que está clasificado como suelo rústico de protección.

 

Para que haya delito "se requiere algo más", según la defensa


El otro argumento de la defensa, que ha llegado a hablar de "fabulación" por parte de los testigos y los peritos, es que "hay una diferencia entre un ilícito administrativo y un ilícito penal". Así, ha defendido que en el plano administrativo, el Ayuntamiento ya intervino "paralizando la obra", y ha apelado al "principio de intervención mínima" de la Justicia, sosteniendo que para hablar de delito "se requiere algo más".

"No se ha acreditado el tipo delictivo", ha afirmado el abogado, que también defendió a Dimas Martín en el juicio de los baños de Los Dolores, donde ya fue condenado por un delito contra la ordenación del territorio por realizar obras, en este caso como presidente del Cabildo, en suelo protegido.

Además, la defensa también ha intentado establecer una diferencia entre una construcción nueva y la ampliación de otra preexistente, afirmando que en el segundo caso, aunque la obra se hiciera en suelo rústico protegido, no habría delito. Para sostenerlo ha afirmado que podría mencionar "1.000 sentencias", frente a las que a su vez había citado ya el fiscal para argumentar lo contrario. Y también frente al pronunciamiento de los "27 magistrados" a los que hizo referencia el fiscal en la primera jornada del juicio, cuando enumeró todos los jueces que se han pronunciado ya en autos y sentencias avalando la instrucción del caso Unión. 

"Ya que habló de aritmética jurídica, sí él mencionó 27 magistrados yo puedo mencionar 1.000 sentencias que dicen lo contrario a lo que él ha manifestado hoy", ha defendido González Peeters. Por su parte, el fiscal también ha citado en sus conclusiones distintos fallos para argumentar que las obras realizadas sí constituyen un delito contra la ordenación del territorio, más allá de que existiera una construcción previa (que además también era ilegal, según los peritos que declararon en el juicio, ya que se realizó entre 2002 y 2003). Sobre este punto, ha insistido en que se aumentó el volumen y la altura, en que se construyeron tres habitaciones que en realidad suponen una edificación nueva -ya que tiene un acceso independiente, tal como han señalado los peritos-, y en que también se hizo la piscina y otras obras en el exterior, como el muro y la terraza.

 

"Yo podría decir que no es el promotor de la obra"


Sobre las supuestas nulidades ha vuelto a hablar también la defensa en la última jornada del juicio, en la que ha insistido en repetidas ocasiones en que deben ser anuladas las conversaciones telefónicas que incriminan a su cliente. "Yo podría decir que no es el promotor de la obra, porque descartadas las conversaciones telefónicas, nadie ha declarado que lo fuera", ha sostenido el letrado. Al respecto, el fiscal ha recordado que además de las conversaciones, la declaración de varios testigos, incluyendo el de la alcaldesa de Yaiza, confirman que era con él con quien hablaban sobre esas obras -pese a que la vivienda estaba a nombre de su mujer-, cuando se le abrió el expediente municipal.

Además, tal como hizo durante la primera jornada del juicio, el abogado de Dimas ha vuelto a pedir que en caso de condena, se apliquen dilaciones indebidas como atenuante, por lo que ha tardado la causa en ir a juicio. Al ser una pieza que empezó dentro del caso Unión, la instrucción se prolongó durante seis años, aunque desde hace año y medio estaba lista para ir a juicio. De hecho, la celebración llegó a suspenderse hasta en cinco ocasiones, y al menos dos de ellas fue a petición de la defensa, en una porque el abogado tenía otro juicio y en otra porque tenía una intervención quirúrgica. 

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