La operación desarrollada por la Guardia Civil en el año 2011 para desmantelar un punto de venta de droga "alrededor" de un restaurante de La Graciosa ha culminado con la condena de tres personas por delitos contra la salud pública. La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, impone tres años y un día de prisión a las dos personas que distribuían droga en la octava isla, que reconocieron los hechos durante el juicio. Además, condena a dos años a una tercera persona, al considerar acreditado vendió droga en Arrecife a otro de los acusados, para su posterior distribución en La Graciosa.
"Teníamos la seguridad de que en el establecimiento se vendía todo tipo de sustancias, no sólo hachís. No sabíamos qué sustancia nos íbamos a encontrar, pero esperábamos un intercambio importante. El objetivo primordial de la operación era desmantelar el punto de venta en el establecimiento de La Graciosa", explicó durante el juicio uno de los agentes que participó en el operativo.
Durante la investigación, gracias a las escuchas telefónicas, los agentes averiguaron que J.B.T.H. se iba a dirigir a Lanzarote desde La Graciosa a "pagar una deuda y comprar hachís". Así, le siguieron hasta las inmediaciones del bar "El Molino", situado en Puerto Naos, donde a las 11:20 horas del 21 de septiembre de 2011 subió a un vehículo del tercer condenado por estos hechos, que se encontraba con su hermano y su hija menor de edad.
Intercambio en un coche delante de una menor
"Después de haber estado 4 ó 5 minutos juntos dando una vuelta con el coche", relata la sentencia, el acusado se bajó del vehículo "con un paquete con cinta aislante, que no tenía cuando entró". Aunque los agentes estaban vigilando el intercambio, la detención no se produjo en ese momento, por la presencia de la menor en el coche, sino poco después. Entonces, comprobaron que el paquete contenía cinco tabletas de hachís, que arrojaron un peso total de más de medio kilo. Según la sentencia, hubiera tenido un valor en el mercado ilícito de 724 euros.
Después fue registrado el domicilio que el detenido compartía en La Graciosa con la otra acusada, C.H.M., donde los agentes encontraron 3,2 kilos de canabis, que hubiera alcanzado un valor de más de 3.000 euros en el mercado; siete láminas de hachís, con un peso de 27 gramos; y 3,95 gramos de cocaína. Además, los dos detenidos en Lanzarote llevaban en total más de 2.400 euros en efectivo, que fueron incautados.
Sólo uno negó los hechos
Durante el juicio, celebrado el pasado mes de octubre en Arrecife, los dos principales implicados reconocieron los hechos y mostraron su conformidad con la calificación y la pena que solicitaba la Fiscalía. En cuanto al tercer acusado, M.S.M., negó haber entregado droga en Arrecife a J.B.T.H. y aseguró que ambos habían quedado para "verse" y "hablar de las cosas que hablan dos personas que hace mucho que no se ven". Sobre por qué el encuentro sólo duró unos minutos, aseguró que iban a "tomar algo, pero la niña se puso nerviosa" y decidieron "dejarlo para otro día".
Sin embargo, los otros dos acusados confirmaron que la cita se produjo para que les vendiera droga, que después ellos iban a distribuir en La Graciosa. Según la sentencia, ambos ofrecieron un "testimonio claro, preciso y contundente" durante el juicio, que se suma al relato de los agentes de la Guardia Civil y también a las trascripciones de las escuchas telefónicas, que incluyen frases como "voy pá eso si no nada" y "estate preparadito", según reproduce la sentencia.
Además, la Audiencia señala que el tercer acusado no ofreció durante el juicio "ninguna explicación convincente de por qué estaba en el coche con su hermano y su hija menor de edad, cuando lo que si resulta plenamente acreditado es que había concertado una cita" con J.B.T.H.
Por todo ello, le condena a una pena de dos años de prisión y a abonar una multa de 1.448,72 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de 6 meses, mientras que a los otros dos acusados les condena a tres años y un día de prisión y a abonar una multa de 3.530,32 euros cada uno, con la responsabilidad personal subsidiaria de tres meses. Además, el fallo decreta el comiso de la droga, el dinero y bienes intervenidos.