Condenado a dos años de cárcel tras ser sorprendido circulando a 235 kilómetros por hora en Lanzarote

La Guardia Civil fue quien sorprendió al motorista en el municipio de San Bartolomé, en una zona donde la velocidad máxima está en 100 kilómetros por hora

14 de mayo de 2021 (13:37 CET)
Actualizado el 14 de mayo de 2021 (14:47 CET)
Control de tráfico de la Guardia Civil
Control de tráfico de la Guardia Civil

Un motorista fue soprendido por la Guardia Civil cuando circulaba a una velocidad de 235 kilómetros por hora, en una zona donde el límite está establecido en 100. Los hechos tuvieron lugar en el municipio de San Bartolomé el pasado 17 de marzo, aunque ha sido ahora cuando lo han hecho público.

Según explican desde la Benemérita, la motocicleta fue detectada en un control de velocidad que los Guardias Civiles tenían establecido en la carretera LZ-20 (Arrecife-Tinajo). "Tan pronto como la motocicleta fue detectada por el cinemómetro, se estableció el dispositivo correspondiente al objeto de proceder a detención, dándose posteriormente el inicio al resto de diligencias con aportación del fotograma tomado por el cinemómetro e informes realizados por la fuerza instructora del Destacamento de Tráfico en la colaboración con el Equipo Territorial de Policía Judicial de la Guardia Civil de Tías", explican en un comunicado.

Una vez identificado el conductor, fue informado de que tal conducta pudiera ser constitutiva de infracción penal realizándose la correspondiente entrega del atestado en el Juzgado de Guardia de Arrecife, así como en la Adscripción Permanente de la Fiscalía, donde fue citado el investigado. 

A raíz de esa denuncia se celebró ya un juicio rápido y según informa la Guardia Civil, el conductor fue condenado a dos años de cárcel y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante cuatro años. 

Desde este cuerpo recuerdan que según establece el Código Penal, "la condena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores superior a dos años, conlleva la pérdida del permiso de conducir, por lo que la persona condenada deberá realizar las oportunas pruebas ante la Jefatura de Tráfico para la restitución de su derecho a conducir vehículos".

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