LA AUDIENCIA PROVINCIAL HA RATIFICADO LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

Condenado a 6 meses de cárcel por acercarse a su ex pareja en el concurso de Miss Yaiza

La Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia de primera instancia, que condenó al acusado por violar la orden de alejamiento que se le había impuesto en otro fallo judicial?

29 de marzo de 2016 (23:09 CET)

Una orden de alejamiento le impedía acercarse a su ex pareja pero, aun así, decidió acudir al certamen de Miss Yaiza, en el que ella se presentaba como candidata. Por eso, el Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife le impuso el pasado 3 de septiembre una condena de 6 meses de cárcel, que ahora ha sido ratificada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial.

El nuevo fallo confirma la sentencia de primera instancia, al considerar acreditado que el acusado quebrantó una condena anterior, dictada en diciembre de 2014, en la que se le impuso esa orden de alejamiento. Según aquella condena, el acusado no podía acercarse a menos de 500 metros de la joven, que reside en Playa Blanca. Sin embargo, pese a ello decidió acudir a esta localidad, a sabiendas de que ella estaba participando en ese certamen de belleza.

El padre de la joven fue quien avisó a la Policía Local de Yaiza, al ver que la ex pareja de su hija estaba "a escasos metros" del escenario donde se celebraba el concurso. Cuando los agentes se acercaron a él, según señala la sentencia, reconoció que "efectivamente había acudido a las fiestas de Playa Blanca porque una amiga común le dijo que su ex pareja se presentaba al concurso de Miss Yaiza".

 

Después lo negó


Aunque el acusado admitió que conocía la orden de alejamiento que se le había impuesto y también reconoció a los agentes que acudió a Playa Blanca para ver a su ex novia, durante el juicio negó esto último. Y en eso basó también su recurso contra la sentencia que le impuso esta pena de seis meses de cárcel, y que ahora ha sido rechazado.

"Se limitó a decir que estaba nervioso cuando reconoció los hechos a la policía", señala la Audiencia Provincial en la nueva sentencia, que subraya que pese a que el acusado negó después que supiera que su ex pareja estaba en las fiestas, "no estamos ante una simple cuestión de versiones contradictorias de dos partes en igual procesión procesal".

Al respecto, subraya que "las manifestaciones del acusado carecen de garantía alguna de veracidad", ya que la propia ley establece que "no tiene obligación alguna de decir verdad" y puede mentir para no incriminarse. Por eso, la sentencia da mayor credibilidad a los testigos que declararon durante el juicio, entre los que se encontraban el padre de la joven y los agentes de la Policía Local que intervinieron ese día. Además, insiste en que el propio acusado manifestó inicialmente que sí sabía que su ex pareja iba a estar aun así acudió a esta localidad, pese a que la prohibición era de aproximarse a ella en un radio de 500 metros. 

"La parte apelante pretende que el análisis del contenido en la sentencia sea sustituido por el suyo propio sin ninguna razón que lo justifique", concluye la Audiencia, que subraya que "ha existido prueba de cargo  más que suficiente para dictar una sentencia condenatoria". Por eso, confirma la sentencia de primera instancia, que pasa a ser firme al no caber más recursos ordinarios.

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