Ha dado audiencia a las partes y remitirá la demanda al Constitucional

El TSJC comunica al Cabildo que puede exigir judicialmente el cien por cien de los tributos del REF, frente al 58 por ciento que está recibiendo

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) notificó este miércoles al Cabildo de Lanzarote una resolución en la que le comunica que podría estar en su derecho de reclamar judicialmente el cien por cien de los ...

14 de octubre de 2011 (17:20 CET)
El TSJC comunica al Cabildo que puede exigir judicialmente el cien por cien de los tributos del REF, frente al 58 por ciento que está recibiendo
El TSJC comunica al Cabildo que puede exigir judicialmente el cien por cien de los tributos del REF, frente al 58 por ciento que está recibiendo

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) notificó este miércoles al Cabildo de Lanzarote una resolución en la que le comunica que podría estar en su derecho de reclamar judicialmente el cien por cien de los tributos integrantes del Régimen Económico y Fiscal (REF). Según ha informado el Cabildo, el TSJC entiende que el reparto establecido por el Gobierno canario contraviene el artículo 50 del Estatuto de Autonomía, por lo que ha anunciado a las partes un trámite de audiencia de 10 días antes de remitirlo al Tribunal Constitucional (TC).

Esta decisión surge como consecuencia de la demanda presentada por el Cabildo de Lanzarote, junto a los de La Gomera y El Hierro, ante el TSJC para solicitar la gestión del cien por cien de los fondos provenientes del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y no del 58 por ciento, como considera el Gobierno autonómico.

Según el Cabildo, si prospera la medida ante el Tribunal Constitucional, implicaría el cambio de una normativa que permitiría, por ejemplo, que la liquidación para el ejercicio 2009 correspondiente a Lanzarote ascendiera a 59.250.619, 50 euros y no a 34.365.359 euros , como realizó la resolución del Gobierno de Canarias que fue impugnada.

En este sentido, el presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, ha manifestado su satisfacción por la noticia, a la vez que ha querido destacar "el nuevo talante y predisposición al diálogo del Gobierno de Canarias, y más concretamente del titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, Javier González Ortiz".

Una diferencia millonaria

Del mismo modo, la primera institución de Lanzarote, al igual que el resto de cabildos, considera que la resolución impugnada vulnera la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 9/2003 de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales de Canarias, al ser considerada como una garantía que trata de asegurar a las islas una asignación económica con la que hacer frente a los servicios que presta a los ciudadanos. A este respecto, el Cabildo comprende que aplicando la mencionada disposición, Lanzarote debería percibir una liquidación de 43.819.741 euros y no, por el contrario, de 34.365.359 euros, que es la que ha recibido.

En concreto, los cabildos de Lanzarote, La Gomera y El Hierro, impugnaron la Resolución de la Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos del Gobierno de Canarias, de fecha 5 de agosto de 2010, relativa a la liquidación definitiva de los recursos que integraban el REF de Canarias recaudados en el año 2009. Para ello, el Cabildo se ha basado en el artículo 50 del Estatuto de Autonomía de Canarias, que establece que "los recursos de las islas están constituidos por los derivados del régimen económico-fiscal de Canarias".

Por ello, la primera institución insular entiende que "los tributos integrantes del REF corresponden íntegramente a las islas". Para el Cabildo de Lanzarote "no existe lugar a dudas" a la hora de afirmar que el Estatuto de Autonomía es una norma superior a la Ley autonómica y, en este sentido, se entiende que la segunda contradice a la primera por infringir el bloque de constitucionalidad y, en concreto, el Estatuto. De ahí que desde la Corporación se congratulen ante la decisión del TSJC.

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