Hay distintas tarifas según el personal y medios materiales empleados

El Consorcio cita a más de 100 personas y entidades para reclamarles el pago de servicios prestados por los bomberos en 2012

El Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote ha vuelto a citar a más de 100 personas a través del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas para reclamarles el pago de ...

20 de mayo de 2013 (18:42 CET)
El Consorcio  cita a más de 100 personas y entidades para reclamarles el pago de servicios prestados por los bomberos en 2012
El Consorcio cita a más de 100 personas y entidades para reclamarles el pago de servicios prestados por los bomberos en 2012

El Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios de Lanzarote ha vuelto a citar a más de 100 personas a través del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas para reclamarles el pago de servicios prestados por los bomberos durante el pasado año. Estos cobros responden a la ordenanza que se aprobó en el año 2008, estableciendo "tarifas" por distintos servicios, pero que realmente empezó a aplicarse el año pasado.

En diciembre de 2012, el Consorcio ya publicó una lista de 115 personas, empresas y hasta colegios a los que les reclamaba dinero, y ahora ha citado a otros 105 particulares y entidades a los que no ha podido notificar personalmente. Entre ellos, hay varias empresas y comunidades de propietarios.

En el anuncio publicado en el BOP, y firmado por Nuria Cabrera en calidad de tesorera del Consorcio, les insta a que "comparezcan a efectos de ser notificados personalmente en las Oficinas de Recaudación de este Consorcio, ubicadas en la calle Tenderete de Arrecife (junto al Parque de Bomberos)", en el plazo de 15 días naturales. En caso de que no lo hicieran, el Consorcio advierte que "la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer".

Los servicios por los que hay que pagar

La ordenanza aprobada en 2008 establece el pago de distintas tasas por la prestación deservicios del Consorcio, "en los casos de incendios y alarmas de los mismos, hundimientos totales o parciales de edificios o instalaciones, ruinas, derribos, inundaciones, salvamentos y otros análogos, bien sea a solicitud de particulares interesados, o bien sea de oficio por razones de seguridad, siempre que la prestación de dicho servicio redunde en beneficio del sujeto pasivo".

La única excepción a este pago, que en algunos casos podría ser asumido por las aseguradoras, se aplica a "aquellos supuestos en los que la solicitud o prestación del servicio se haya motivado por razón de evitar daños físicos a personas o bienes en incendios o salvamentos" pero, eso sí, "siempre que las causas hubiesen sido fortuitas o inevitables".

En cuanto a la "cuota tributaria", se determina "en función del número de efectivos, tanto personales como materiales, que se empleen en la prestación del servicio, el tiempo invertido en éste, y el recorrido efectuado por los vehículos que actúen".

Las "tarifas"

Por ejemplo, sólo por la "movilización de recursos", la ordenanza contempla el pago de 30 euros "por hora o fracción". En cuanto al personal, por un bombero o sargento se deben abonar 35,50 euros, y 40,45 si se trata de un suboficial o director técnico.

Además, hay que pagar por los medios materiales, y los precios van desde los 3 euros por una motobomba, hasta los 10,80 por una autoescala o vehículo especial. Cada extintor también sale a 10,80 euros, y diez litros de espumógeno suponen un desembolso de 64,25 euros.

En cuanto a los rescates marítimos, por el uso de un equipo completo de inmersión hay que pagar 8 euros, 8,60 por una lancha con motor fuera-borda y 15,40 por una moto náutica.

Las mayores tarifas están destinadas al "alquiler de cisterna (incluido máquina de humo, agua y gas", por lo que hay que pagar 126,35 euros, así como por la asistencia de ambulancias. Si la atención es en el lugar de los hechos supondrá el pago de 113,35 euros, y si también es necesario un traslado, la cifra asciende hasta los 219,25 euros.

La ordenanza incluye algunas "excepciones" a estos pagos. Entre otros, estarán exentos los jubilados, los pensionistas y los desempleados de larga duración, así como otras personas en función de sus ingresos, "con excepción de las aperturas de vivienda sin riesgo", siempre y cuando no exista compañía de seguros que cubra el gasto.

LO MAS LEÍDO