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Brindis al sol con las ayudas educativas

Una lectora de La Voz se queja de la "desafortunada manera de asignar las ayudas educativas extraordinarias" que el Cabildo de Lanzarote ha convocado para el presente curso académica

25 de marzo de 2017 (20:18 CET)
Brindis al sol con las ayudas educativas
Brindis al sol con las ayudas educativas

Una lectora de La Voz, se queja de la "desafortunada manera de asignar las ayudas educativas extraordinarias" que el Cabildo de Lanzarote ha convocado para el presente curso académica. Remite este artículo sobre estas ayudas:

"Desde que ciertos políticos interesados tuvieron, hace unos cinco años, aquella ocurrencia de apartar unas cuantas migajas de las del presupuesto destinado a las becas de estudios a otro fin idéntico (estudios oficiales fuera de la isla)  los mismos no han hecho sino manosear con poco sentido las bases que justifican la concesión de estas. Tampoco tiene sentido fraccionar los fondos de una financiación para un mismo fin en el mismo periodo.  Con igual propósito muchos estudiantes deben formular tres idénticas solicitudes y similar papeleo en distintas fechas de cada curso académico. No valoran que unas bases sobre becas al estudio que comprendan todas las circunstancias a justificar simplificarán no solo los procesos administrativos sino también la reiteración y la burocracia a solicitantes.

En este sentido también tienen que aparcar la demagogia para justificar sus decisiones, deben centrarse en la realidad. Urge separar las ayudas a situaciones socialmente dramáticas de las becas o ayudas para estudios. Estamos ante dos escenarios diferentes que pocas veces coinciden en sus necesidades. Una familia que necesite ayuda económica debe hacer sacrificios para que algún miembro pueda estudiar dentro de la isla y las pocas excepciones que deciden hacerlo fuera de ella, además,  tienen que vivir un calvario. No obstante la realidad es que las familias realmente escasas de recursos económicos tampoco podemos beneficiarnos de las "ayudas educativas extraordinarias" simplemente porque estudiar fuera de la isla no depende de esos 600 euros o 1.000 euros que se pueda recibir por miembro y año, no, es que no podemos permitirnos los demás gastos. Necesitamos más ayudas sólidas y permanentes, en forma de servicios e infraestructuras públicas, para poder estudiar y menos ayudas económicas extraordinarias en compensación a circunstancias sobrevenidas que al fin y al cabo a muchos ya no nos entran junto a las que ya sufrimos.

Al hilo de las "ayudas educativas extraordinarias", su "primera convocatoria" allá por el curso 2013-2014 (no convocaron ni publicaron las bases) ya fue un fiasco administrativo, cuando se intentaron adjudicar a dedo. Luego, dando continuidad a aquel empeño político, esto se corrigió incluyendo unas bases coherentes al objetivo. Por poner un ejemplo, en el curso 2014-2015, 177 estudiantes (cerca del 10% del total que actualmente lo son fuera de la isla) recibieron ayudas extraordinarias que oscilan entre 136.86 euros el que menos y 1.094.92 euros el que más, lógicamente según circunstancias personales y familiares. Algo similar sucedió en la convocatoria 2015-2016. Ahora, según requerimientos de subsanación a solicitudes ya despachados, en la del 2016-2017, muchos estudiantes residentes cursando estudios fuera de la isla, quienes en convocatorias anteriores fueron considerados aptos, en este curso van a ser excluidos sin que sus situaciones particulares y familiares hayan cambiado, o mejorado en absoluto desde cursos anteriores.

Además, actualmente, según las bases para la ayuda,  el artículo 1. Objeto de la subvención establece que no tener ingresos suficientes para seguir estudiando, por sí mismo no es justificación suficiente para recibir la ayuda. De hecho se eliminaron de las bases los umbrales de ingresos de la unidad familiar como factor a tener en cuenta.

Llegados a este punto el objetivo de estas ayudas se enturbia de nuevo. ¿A quién hay que ayudar, a la unidad familiar con algún miembro desempleado desde antes del comienzo del curso, que entre todos sus miembros tienen unos ingresos regulares históricamente bajos y escasamente llega a final de mes sin renunciar a cubrir necesidades fundamentales, o al hogar que generalmente ha tenido y tiene altos ingresos y este año un miembro pasa a ser desempleado cobrando el paro correspondiente o ha perdido un 25% de una nómina, que ni tiene porqué ser esta la de mayor aportación al cómputo familiar? Quizás objetivamente  a las dos, pero por descontado más a la primera. Sin embargo, según el artículo 1. la ayuda será solo para la que de más recursos económicos dispone. Pues he aquí otro ejemplo más de cómo también las mismas instituciones públicas consolidan la creciente desigualdad social. Acciones como éstas constantemente condenan y encadenan a sus estatus sociales a quienes menos recursos tienen y refuerzan las posibilidades de quienes más poseen para que sus posiciones más privilegiadas no se alteren y se restablezcan lo antes posible.

Así, mediante el artículo 1. Objeto de la subvención, El Cabildo retoca y da un viso realmente kafkiano a las bases anteriores. Con él anula todos los criterios o situaciones personales o familiares que no hayan surgido dentro del presente curso académico ("1 de junio del año en curso y el 31 de julio del año siguiente"). Estipula que se otorgarán ayudas "en los casos en que concurran circunstancias sobrevenidas con consecuencias económicas en el curso académico señalado." Y prosigue con que "Las circunstancias sobrevenidas durante el curso serán: Extinción del contrato laboral… Fallecimiento de uno de los miembros… Situación de incapacidad de miembros de la unidad familiar perceptores de ingreso, que conlleve disminución de los mismos. Discapacidad de miembros de la unidad familiar perceptores de ingresos, que conlleve disminución de los mismos. Reducción de la jornada de trabajo de miembros de la unidad familiar igual o superior a un 25%.

En resumen, la inclusión de la causa "circunstancias sobrevenidas" (a la cual tampoco se hace alusión como criterio a considerar en el artículo 8. Criterios objetivos para el otorgamiento de la ayuda y ponderación de los mismos") supone que, al tener que justificarse al menos una de las anteriores circunstancias surgida en el curso actual, todo solicitante que ya se encuentra afectado desde cursos anteriores, por una, por varias o todas las circunstancias que generan el derecho, serán excluidos de las ayudas educativas extraordinarias en el curso  2016-2017.

Para concluir, la Asociación de Estudiantes Universitarios Conejeros (AEUCO), en octubre de 2015 publicaba: "Los alumnos se quejan de que la consejera de Educación no se ha puesto en contacto con ellos para abordar los principales asuntos que les afectan ni les han tenido en cuenta en el reparto de las ayudas extraordinarias". También decía entre otras cosas: "pedimos que estas ayudas se puedan solicitar a lo largo de todo el año, sin un plazo limitado, porque creemos que las circunstancias familiares cambian de la noche a la mañana". O sea que, los que arrastran de cursos anteriores circunstancias suficientes que otorgarían el derecho a la ayuda, como nada les han cambiado "de la noche a la mañana", nada reciben. Si AEUCO ha tenido también algo que ver con las bases 2016-2017, no se entendería que hubieran enmudecido y obviado tan inocentemente la justa asignación de las ayudas educativas extraordinarias con la inclusión del filtro ciego descrito en el Artículo 1 de sus bases".  

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