Siguen con la majadería de designar como inmigrantes a la avalancha
poblacional que está invadiendo el Archipiélago Canario, cuando no dejan de ser nuevos colonos que están supercolonizando y asolando el
Archipiélago Canario. Esta distinción entre inmigrantes y colonos no es
una cuestión baladí, en modo alguno;dado que Canarias es a estas alturas del siglo XXI, todavía sorprendentemente un país que se sigue colonizando y que continúa sometido ilegítima e ilegalmente a otro país: España,y de un tiempo a esta parte, también a un Continente que no es el propio: Europa, dada la adhesiónde la metrópolis a la Organización Regional: Unión Europea.
El Gobierno del Reino de España, los órganos de turno u comisiones de la UE con competencias en inmigración y las instituciones coloniales españolas que están radicadas en el Archipiélago Canario, ya sean
militares, políticas, judiciales, policíacas, eclesiásticas, mediáticas, civiles y demás organizaciones mal denominadas no gubernamentales: potencian, ayudan y promueven la llegada de auténticas masas poblacionales que están entrando en avalanchas en nuestra pequeña y fragmentada Tierra Canaria, tanto por aire como por mar, procedentes principalmente de España, Europa, América, Asia y de nuestro Continente Africano.Esta invasión poblacional, está llegando principalmente por los aeropuertos canarios por donde se acelera esta neocolonización, y en los cuales "aterrizan"todos los días miles de colonos "vestidos de turistas", y que entran sin ningún tipo de control a través de aviones que partende España o de Europa y que una vez llegan a Canarias, reciben el pertinente apoyo logístico y ayudas de todo tipo para que tengan inmediatamente trabajo, viviendas y asistencia sanitaria, causando un gravísimo agravio comparativo a los cientos de miles de Canarios(as) que se encuentran bajo el umbral de la pobreza y en paro, que carecen de una vivienda digna y en particular a los que necesitan de una cama hospitalaria.
Toda esta avalancha poblacional de colonos además de los perjuicios que producen al Pueblo Canario, también inciden negativamente en un territorio que por sus características y dimensión tiene una limitadísima capacidad de carga y gran fragilidad medioambiental. Dándose la peculiaridad colonial de que las personas que llegan a Canarias con la intención de no quedarse a vivir en nuestra tierra, si no que están de paso hacia otros destinos en Europa, por las fuerzas policiales coloniales se les interna en centros mal denominados de acogida. Estos guetos son potenciados y pagados por la metrópolis: España y la UE, con la connivencia impresentable del gobierno títere o marioneta canario y los traidores o colaboracionistas canarios. Y que en un ejercicio de hipocresía y cinismo impresentable, luego envían a emisarios comisionados o a visitadores a nuestra colonizada Tierra Canaria para que comprueben si se está vulnerando derechos de estas personas y
para mayor inri, en una actitud gravemente coactiva e intimidante contra
el Damnificado Pueblo Canario,también para comprobar si existe entre los perjudicados colonizados canarios brotes de xenofobiao racismo.
España y Europa, en relaciónconCanariascontinúan reiteradamente violando normas de Derecho Internacional de obligado cumplimiento. Esta gravísima supercolonización y sus efectos perniciosos para el Pueblo Canario, conculca notoriamente lo establecido en el artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas, que ordena a los miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos colonizados no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, proteger los intereses de los mismos, los cuales "están por encima de todo", repito están por encima de todoy asimismotanto España como la UE: están obligadas y así lo dice textualmente tal norma internacional por"encargo sagrado" promover"el bienestar de los habitantes de esos territorios", o seade todos los Canarios y Canarias, que son los descendientes de los canarios nacidos en el Archipiélago Canario, en baseal ius sanguini y ius soli. Las demás personas que viven en Canarias son colonos, no inmigrantes, a pesar de lo que diga elpanfleto del Estatuto colonial impuesto por España de que todos los residentes en Canarias son canarios. El estatus jurídico internacional de los canarios, que es el aplicable a todos los pueblos colonizados, debe respetarse tanto por España como por la UE, que tienen que acatar las normas del Derecho Internacional, las cuales están por encima de la constituciones españolas y europeas. Y por tanto, deben cumplir con el derecho internacional de descolonizaciónque no se ha aplicado todavía al Archipiélago Canario.
Reitero, como así lo he transmitido en su día al Comité de Descolonización de la ONU, que el Reino de España sigue vulnerando sistemáticamente en relación con su colonia el citado e importante artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas y los intereses de sus habitantes,no cumpliendo además las siguientes resoluciones que al respecto ha acordado la Asamblea General de la ONU:La R. 66 de 14 de Diciembre de 1946. La R. 334( IV) de 2 de Diciembre de 1949. La R. 567(VI) de 18 de Enero de 1952. La R. 742(VIII) de 27 de Noviembre de 1953. La R. 1467(XIV) de 12 de Diciembre de 1959. La R. 1514 de 14 de Diciembre de 1960, en donde se establece con claridadque la sujeción de los pueblos a una subyugación, dominación o explotación extranjera constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las NacionesUnidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales. La Resolución 1541 de 15 de Diciembre de 1960, que reitera y además precisa el concepto de pueblo colonial, considerando tal aquél que no ha alcanzado aún la plenitud del gobierno propio y habita en un territorio que está separado geográficamente del país que lo administra y que ha sido colocado arbitrariamente en una situación de subordinación (¿hay mayor arbitrariedad que la invasión y la conquista por la armas del Archipiélago Canario, por parte del gobierno del Reino de España?). Al respecto hay que decir que la identificación de una situación como colonial ha venido dada por su inclusión en una lista confeccionada por elComité de Descolonización, al que me dirijo, creado en 1961, en virtud de la R. 1654(XVI) de la A.G., lista en la que tendría que haber sido incluidoel Archipiélago Canario. La R. 2625 adoptada por la Asamblea General de 24 de Octubre de 1970, en donde se establece expresamente en su declaración de principios tanto elderecho de autodeterminación de los pueblos como el deber de todos los Estados de respetar el derecho en cuestión (aquí incluso la UE debe respetar este derecho) del que se desprende el deber de prestar asistencia a la ONU, en orden a poner fin al colonialismo,teniendo debidamente en cuenta la voluntad libremente expresada de los pueblos de que se trate, en este caso de la voluntad del Pueblo Canario y además el deber de abstenerse a recurrir a cualquier medida de fuerza que prive a nuestra gente de este derecho.
Es importante subrayar queladeclaración de principios contenida en la
Resolución 2625, precisa que el territorio de una colonia, como en el caso del Archipiélago Canario en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, ostenta una condición jurídica distinta y separada de la del territorio del Estado que lo administra, o sea del Reino de España, conservando dicha condición hasta que el pueblo colonial haya ejercido su derecho de libre determinación.
Hay que tener claro: que en base al derecho internacional cualquier
acuerdo que la potencia colonial o la UE tuviera por efecto frustrar el
ejercicio del derecho de autodeterminación del Pueblo Canario sería nulo de pleno derecho. En base a ello, todo el citado camuflaje jurídico-político-administrativo (provincia, región canaria, comunidad autónoma, constitución española, estatuto de Autonomía, gobierno canario, ahora la constitución europea, etcétera..) que el Reino de España, ha implantado durante el transcurso de los siglos en su colonia han impedido ilegitima e ilegalmente, la aplicación de estederecho internacional de descolonización a un territorio no autónomo como es del Archipiélago Canario. Por ello, además se ha impedidoy en base al Derecho Internacional del Mar, que el mismo se convierta en un Estado Archipielágico, que pueda controlar su mar territorial y su zona económica exclusiva y pueda explotar sus recursos naturales, entre los cuales se encuentran sobre todo la pesca y el petróleo.Y así, para que podamos controlar nuestras fronteras, no como ahora que otros no la controlan, y que están dejando y potenciando esta supercolonización salvaje. Lejos de ello, la potencia administradora en connivencia con las multinacionales de turno sigue expoliando los recursos y las riquezas de los Canarios, como las devengadas por el turismo y los citados recursos pesqueros y petrolíferos, laminando y haciendo desaparecer nuestra agricultura y ganadería, dejando que entren todas las plagas fitosanitarias del mundo y atentando gravemente con la supervivencia de nuestro Pueblo Canario, que observa indefenso como no puede trabajar en su Tierra Canaria, ya que los trabajos son usurpados y ocupados por los cientos de miles de colonos que llegan al Archipiélago Canario, sobre todo de España y Europa.
Asimismo también debe quedar claro que tanto España como la UE, tienen que cumplir además la Resolución (A/RES/55/146) de 8 de Diciembre de 2000, en la que se declara el periodo de los años 2001 al 2010 como segundo decenio internacional para la eliminación del colonialismo, debiendo por tanto proceder en su día a la descolonización del archipiélago Canario y efectuar los trámites oportunos bajo la supervisión de la ONU, para reconocer al mismo como un Estado Independiente y Soberano.
Fdo. Juan Fco. Díaz Palarea