La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado sentencia el pasado día 22 de junio, absolviendo al súbdito Hassan Dabo, de Guinea Bissau, por pilotar un cayuco con 50 inmigrantes a bordo, a una distancia de 80 millas al sur de Maspalomas, donde la Justicia española no tiene jurisdicción. Esta Sentencia ratifica lo que venimos diciendo públicamente desde la Plataforma por el Mar Canario.
Felicitamos a la abogada Sra. África Peñate por su valentía en demostrar ante los Tribunales de Justicia, la realidad jurídica de las aguas españolas en Canarias.
Le pedimos al Ministerio Fiscal que recurra el fallo de dicha Sentencia, no sólo ante el Supremo, sino también ante el Tribunal Constitucional. Así sabremos cuales son las razones del PP y del PSOE, por el que niegan sistemáticamente a una parte territorial del Estado (el Archipiélago Canario) el aplicar el Derecho Internacional del Mar para definir jurídicamente la Delimitación de los Espacios Marítimos de Canarias. Tengamos en cuenta que España ratificó en 1997 el Tratado Internacional del Mar, firmado en 1982; y que este Tratado aplicado a Canarias la desprotege más allá de 12 millas alrededor de cada isla, por lo que los Tribunales de Justicia Españoles no tienen jurisdicción fuera de dicha distancia, sobre buques de otras nacionalidades.
Si la Constitución Española tiene establecido adaptar aquellas estipulaciones que sean contradictorias con la propia Carta Magna (según su artículo nº 95), corresponde al Tribunal Constitucional pronunciarse al respecto, a petición del gobierno, de senadores o parlamentarios. ¿Dónde estuvieron en 1996-97, los representantes canarios?.
Esta reivindicación dirigida al Tribunal Constitucional, ha sido aprobada por la totalidad de las Instituciones de Canarias (Cabildos y Ayuntamientos), a través de una moción que se está presentando desde septiembre de 2004, por iniciativa de nuestra Plataforma.
Insistimos: ¿Cuáles son las razones por las que las autoridades de Canarias no solicitan ante el Tribunal Constitucional una aclaración doctrinal sobre el artículo 95 de la Constitución?.
No deberíamos permitir que Marruecos lleve la iniciativa ante la Organización Marítima Internacional, por su condición de Estado Continental, sobre el Mar Canario.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de julio de 2006
Firmado: Plataforma por el Mar Canario
Antonio Rodríguez de León