25 años de inaccesibilidad y barreras físicas

6 de abril de 2020 (08:05 CET)

El 6 de abril de 1995 por el Gobierno de Canarias  se promulgó la Ley 8/1995 de Accesibilidad y supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación para las personas que tengan limitadas sus posibilidades de movimiento y/o de comunicación.

Su objeto era: a) facilitar la utilización de los bienes y servicios de la sociedad a las personas con limitaciones; b) promover ayudas técnicas para evitar y suprimir barreras físicas y sensoriales y c) arbitrar los medios de control del cumplimiento efectivo de lo en ella dispuesto.

Sus competencias eran todas las actuaciones futuras públicas y privadas, en materia de urbanismo y edificación, así como de transporte y comunicación.

De la consecución de estas finalidades serían responsables las administraciones públicas canarias en su ámbito de competencia.

Se crearía un Consejo para la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras presidido por la Consejería de Asuntos Sociales y un Reglamento que se hizo dos años después. Es competencia de las Consejerías y de Cabildos y Ayuntamientos la ejecución de estas medidas.

La nueva sede del Cabildo se terminó, si no me falla la memoria, en 2007, doce años después de promulgada la Ley y diez después del Reglamento. Desde el paso de peatones no se puede pasar a la acera en silla de ruedas por la altura del bordillo y después hay una pendiente pronunciada sin las barandillas ni zonas de descanso en la rampa de acceso al edificio.

¿Qué decir del Ayuntamiento de Arrecife, al que no se puede pasar de la entrada? Y del resto de los Ayuntamientos de Lanzarote, ¿tienen sus dependencias adaptadas?

Si vamos en sillas de rueda por las calles, los bordillos nos obligan a ir por la carretera. Se siguen abriendo locales comerciales inaccesibles desde la entrada y muchos de los que hay no están adaptados.

¿Qué decir de los pasos de peatones? Te encuentras que superan los 2 centímetros los bordillos de las aceras (si es que están rematados, si no, el máximo legal es de 1 centímetro). Si en una acera puedes subir, probablemente en la esquina siguiente no podrás bajar y tienes que dar la vuelta, porque las sillas de ruedas no saltan.

 Y de los transportes públicos, ¿alguien ha visto una parada con anden que permitir subir a ellos sin necesidad de ayuda como dice la Ley? ¿Están los transportes adaptados?

 ¿Cuáles son las soluciones a aplicar? ¿Estar cada día denunciando por prevaricación a los concejales de vías y obras, a los consejeros insulares de movilidad, transporte y servicios sociales? ¿A las presidencias del Cabildo y Ayuntamientos? ¿A los responsables de las empresas de transportes? O quizás sea mas práctico anular la Ley, ya que nadie la cumple y subsidiariamente al Parlamento de Canarias, porque las leyes que hacen para nada sirven.

 Creo que va siendo hora de que la sociedad tome conciencia de que las personas con limitaciones tenemos los mismos derechos.

 

 Luis Pérez del Toro

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