El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) ha notificado 53.876 pisos turísticos ilegales en toda España a plataformas digitales para que retiren los anuncios online de estos alojamientos.
Entre ellos, los ubicados en Canarias ascienden a 8.698. Se trata los pisos que han solicitado el número de registro, obligatorio desde el pasado 1 de julio, pero que no lo han obtenido porque no cumplen los requisitos legales.
Por municipios, hay dos lanzaroteños entre los seis municipios canarios con más rechazos. En Yaiza son 442 pisos y en Tías 427.
El primero de Canarias es Adeje, con 765 pisos ilegales, el segundo San Bartolomé de Tirajana con 637 y el tercero Puerto de la Cruz, con 531. La Oliva queda en cuarto lugar con un total de 484 pisos ilegales.
Ahora, las distintas plataformas deberán proceder a la retirada de los anuncios de estos inmuebles, que se pueden estar comercializando en varias de ellas a la vez.
El objetivo del Gobierno es que estas viviendas se puedan incorporar al mercado de alquiler residencial.
España ha sido el primer país de Europa en implementar el Registro único de alojamientos temporales, en colaboración con el Colegio de Registradores, para acabar con el fraude en los alquileres turísticos.
A través de la Ventanilla Única Digital del Ministerio de Vivienda, los datos del registro se cruzan con los de las plataformas digitales, que están colaborando para identificar los anuncios sin código.
Desde que comenzó a funcionar el 1 de enero, el registro ha recibido un total de 336.497 solicitudes, de las cuales 264.998 (78,75%) corresponden a alquileres de uso turístico. De estas, 53.786 han sido revocadas (20,3%).
La gran anomalía dentro de los registros es la Comunidad de Madrid, donde el porcentaje se invierte: el 83% de los pisos que han solicitado registrarse lo han hecho como temporales, y solo el 17% como turísticos. De las 3.513 solicitudes de registro como alquiler turístico, más de un tercio se han revocado por no cumplir la legalidad.
Si un código es revocado significa que el Colegio de Registradores ha recibido la solicitud, que dicha solicitud contenía datos incompletos o no acordes a la normativa vigente del tipo de actividad que se pretendía desarrollar y no fue subsanada en un plazo oportuno.








