Afirma que el Ejecutivo "está obligado" a compensar a las islas

La Fecai dice que un informe de la Universidad Complutense avala sus demandas económicas al Gobierno canario

El presidente de la Federación Canaria de Islas (Fecai), Pedro San Ginés, ha asegurado en un comunicado que cuenta con un informe realizado por el profesor de Derecho Administrativo del Cunef (Adscrito a la Universidad Complutense) y ...

10 de mayo de 2010 (20:40 CET)

El presidente de la Federación Canaria de Islas (Fecai), Pedro San Ginés, ha asegurado en un comunicado que cuenta con un informe realizado por el profesor de Derecho Administrativo del Cunef (Adscrito a la Universidad Complutense) y doctor en Derecho Financiero por la Universidad de Bolonia, Ignacio Calatayud Prats, que concluye "con la obligatoriedad del Gobierno de Canarias de entregar a las Islas, cada ejercicio presupuestario y como mínimo, una asignación equivalente a la que percibieron en el ejercicio que finaliza el 31 de diciembre de 2002".

Según el informe, la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias, "es una norma que se encuentra vigente, pues ni ha sido derogada, ni se encuentra sometida a término ni a condición".

"Parece adecuado a la finalidad de esta Ley el reconocimiento expreso del principio de lealtad institucional mediante el compromiso del Gobierno de Canarias de establecer los mecanismos precisos para evaluar los impactos que sobre las haciendas locales canarias pueda tener en el futuro la legislación sectorial o institucional de la Comunidad Autónoma", ha expresado San Ginés a través de un comunicado. Al mismo tiempo, ha subrayado que "los Ayuntamientos no pueden recibir menos que lo obtenido con cargo al ejercicio de 2002". Según ha indicado, esto "sigue vigente con mayor actualidad que nunca".

Por tanto, el Gobierno de Canarias, con cargo a sus fondos, "está obligado a garantizar a todas las islas una asignación equivalente a la que vinieran percibiendo en el ejercicio que finaliza el 31 de diciembre de 2002, en concepto de los recursos a que esta Ley hace referencia, estableciendo a tales efectos los mecanismos compensatorios correspondientes".

ACN Press

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