Canarias dejará de exigir pruebas de Covid a los viajeros nacionales que ya estén vacunados

Tampoco se exigirá una PDIA a los pasajeros que acrediten haber estado fuera de Canarias por un plazo inferior a las 72 horas y a los que ya hayan pasado la enfermedad

27 de mayo de 2021 (20:49 CET)
Actualizado el 27 de mayo de 2021 (21:14 CET)
Control de pasajeros en el aeropuerto de Lanzarote ante la Covid
Control de pasajeros en el aeropuerto de Lanzarote ante la Covid

Canarias dejará de exigir pruebas PCR o test de antígenos a los pasajeros nacionales que ya estén vacunados. Así lo ha acordado este jueves el Consejo de Gobierno, aunque la medida se hará efectiva la próxima semana, a través de una orden que publicará la Consejería de Sanidad en el Boletín Oficial de Canarias. Para estar excluidos de presentar esa prueba de Covid, los pasajeros tendrán que acreditar que ya han recibido la pauta completa o al menos una dosis de la vacuna, con una fecha de antelación superior a 15 días respecto a la fecha del viaje.

 

La medida legal modificará puntualmente la disposición vigente desde el 10 de abril, que establece la realización de cribados mediante PDIA a los viajeros/as que entren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias procedentes del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Esa modificación afectará únicamente a un punto de esa norma, en el que se incorporarán nuevos supuestos para los que ya no será necesario presentar una prueba de detección de la COVID-19. Junto a las personas vacunadas, también estarán excluidos de presentar una PDIA a la entrada en Canarias quienes acrediten que ya han pasado la enfermedad hace menos de seis meses, o quienes hayan estado fuera de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

Desde el Gobierno canario explican que han adoptado esta medida "por el avance del proceso de vacunación tanto en las Islas como el resto de España y dado que una de las primeras evidencias científicas es que, ya desde una primera inoculación, la vacuna tiene unos efectos relevantes en la reducción de la posibilidad de contagio de la persona vacunada, así como, durante un tiempo más corto, de la que ha pasado la enfermedad, lo que permite eximir de la realización de las pruebas diagnósticas de control a estos colectivos”.

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