Un abogado señala que la Fiscalía favorece el bloqueo de los patrones de pateras en Canarias

Las dos provincias canarias son las únicas con acusados de nacionalidad maliense, sin atender a la Convención de Ginebra ni contemplar su estatus de refugiado

ADT

Periodista

12 de febrero de 2024 (18:31 CET)
Actualizado el 12 de febrero de 2024 (19:57 CET)
Salvamento Marítimo  (Fotos: Juan Mateos)
Salvamento Marítimo (Fotos: Juan Mateos)

Cerca de ocho de cada diez acusados de patronear una patera en Canarias fueron condenados tras alcanzar una conformidad entre sus defensas y el Ministerio Público y sin necesidad de analizar las pruebas en su contra. Solo el 20% restante, 32 de los casos analizados, decidieron no conformarse y obtuvieron en la mayoría de los casos una absolución tras practicar la prueba. 

Cuando un acusado de patronear una patera en Canarias entra a prisión preventiva, a las 72 horas de su detención queda fuera de los programas de ayuda humanitaria para personas llegadas por mar. Incluso cuando el acusado resulta absuelto, ya no puede volver a estos recursos y queda en una situación de mendicidad. 

Así pues, la Circular 5/2011 del FGE, en su artículo 318, recoge que las personas acusadas de patronear un cayuco o patera podrán reducir su pena de dos a cuatro años cuando ellos mismos hayan buscado con el viaje lograr su propia migración. Sin embargo, según el análisis de las sentencias difundido por el abogado Daniel Arencibia, en Canarias solo las sentencias dadas en conformidad recogen este artículo.

"Cuando el acusado en Canarias no acepta la propuesta y exige pasar a fase de prueba, la Fiscalía pide, al menos, de seis hasta ocho años de prisión. Esta situación no ocurre en otras provincias, donde el Ministerio Público "solo pide más de cuatro años cuando hay pruebas de enriquecimiento del patrón, tráfico de drogas o daños personales". 

En esta línea, las dos provincias canarias son las únicas con acusados de nacionalidad maliense. En el análisis de Arencibia, se recalca que no se contempla la Convención de Ginebra, así como tampoco se hace con "el estado ni la necesidad" de las personas acusadas. "Esto no ocurre en las sentencias de las demás provincias analizadas", recalca. 

Cancelación de las penas

Al cumplimiento de las penas de prisión, se suma que en el Archipiélago canario cuesta más desprenderse de los antecedentes penales. En Canarias, para su cancelación hay que esperar de tres a cinco años cuando las penas superan los tres.

"Esto hace que los patrones condenados en Canarias estén dos años más a merced de la mendicidad o la beneficiencia, creando un obstáculo para que sigan hacia su destino migratorio final", reflexiona el letrado en el análisis de 400 acusaciones formuladas por la Fiscalía en más de 200 sentencias de las provincias más afectadas por fenómenos migratorios marítimos. 

En dicho análisis, en las provincias de la Península, los patrones cumplen un año de condena efectiva, que se suspende en la celebración del juicio y tres años de antecedentes penales. Mientras tanto, en Canarias las condenas se alargan hasta los tres años, con cinco de antecedentes.

Esto provoca que en Canarias se extiendan "dos años más de manutención en prisión y otros cinco de la beneficiencia", hasta que logran medios propios para seguir su proyecto fuera de las islas. Arencibia señala que la actuación de la Fiscalía en Canarias empuja a los acusados a quedarse durante más tiempo en las islas. 

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