El TSJC abre un recurso disciplinario a un abogado por citar sentencias inexistentes en Lanzarote

Además, la Fiscalía acusa al letrado de apoyarse en una situación procesal "ajena a la realidad", al denunciar que se omitió documentación que realmente sí existía en el procedimiento

28 de abril de 2026 (12:54 WEST)
Actualizado el 28 de abril de 2026 (12:56 WEST)
Ciudad de la Justicia de Las Palmas.
Ciudad de la Justicia de Las Palmas.

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El Tribunal de Justicia Superior de Canarias ha abierto un procedimiento disciplinario contra un abogado de Lanzarote por "graves anomalías" al citar en los recursos presentados ante el tribunal sentencias que no existen. Al mismo tiempo en que acusa al letrado de apoyarse en una situación procesal "ajena a la realidad", al denunciar que se omitió documentación que realmente sí existía en el procedimiento.

Se trata de un recurso de apelación presentado ante la sentencia que condenó a nueve personas por traficar con cocaína y heroína en Lanzarote y que, como publicó La Voz este martes, han sido condenados a penas de entre tres y seis años, mucho más bajas a las que solicitaba inicialmente la Fiscalía.

La Sala de lo Penal detectó esa irregularidad, que considera "intolerable", al revisar la sentencia de la Audiencia de Las Palmas que impuso penas de hasta seis años de cárcel por tráfico de drogas a nueve personas que introducían cocaína en Lanzarote.

Para combatir esa resolución, uno de los abogados defensores invocó una sentencia del Tribunal Supremo de 2020 y otra del Tribunal Constitucional de 1990, que le servían para cuestionar la documentación que justificaba la actuación de la Policía.

El TSJC remarca que el letrado presenta esas citas jurisprudenciales como centrales en su recurso, las entrecomilla y resalta en negrita, y fundaba en ellas una grave consecuencia procesal: la posible nulidad de las actuaciones.

Sin embargo, añaden los magistrados, hay un problema: los párrafos con la supuesta jurisprudencia que menciona el letrado no aparecen en las sentencias citadas, ni en otras con una numeración conexa.

La sentencia del Supremo que invoca "no solo no guarda ninguna relación con esta cuestión (documentación de las diligencias policiales) sino que no contiene ni ese texto, ni ninguno parecido", explica la Sala. Y lo mismo sucede con la sentencia del Constitucional, que "ni contiene este texto transcrito, ni uno parecido, ni trata de esta cuestión directa o indirectamente".

Para el TSJC, no se trata de un "mero desliz o error venial", sino de una conducta "intolerable" por parte del letrado que puede merecer una corrección disciplinaria.

 

Un caso anterior

Se trata del segundo caso que ha salido a la luz en el que un abogado utiliza falsas sentencias en Canarias después de que el pasado mes de febrero el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) condenara a otro letrado al introducir hasta 48 citas de jurisprudencia falsas, generadas por Inteligencia Artificial, en un recurso de apelación.

El TSJC lo multó con 420 euros y dio traslado de su decisión y de los antecedentes al Colegio de Abogados del afectado, a fin de que “si procediera, depure las responsabilidades disciplinarias en que haya podido incurrir”.

Fachada de los juzgados de Arrecife, donde se celebra el juicio, en una imagen de archivo. Foto: José Luis Carrasco.
Nueve condenados a penas de entre tres y seis años por tráfico de heroína y cocaína en Lanzarote