La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas juzgará este lunes 9 de marzo en Arrecife a un acusado de agredir sexualmente a una menor de 15 años en el Centro Comercial Deiland, en Playa Honda. El presunto agresor se encuentra desde la fecha de los hechos en prisión provisional.
Los hechos se remontan al 18 de diciembre de 2024, cuando el acusado N.B.T. se cruzó con la víctima en una de las puertas de acceso al dicho centro comercial. En ese momento, el presunto agresor le tocó la zona genital a la menor por encima de los pantalones.
Tras ello, la víctima llamó a sus familiares para contarles lo ocurrido, por lo que se trasladaron hasta el lugar. Una vez allí, el acusado se dirigió a ellos tocándose sus genitales por encima del pantalón y sacándose el pene, mostrándoselo a la varios de sus miembros, incluidos la menor y su hermano más pequeño. Debido a estos hechos, la menor sufrió un trastorno de estrés agudo con un curso evolutivo de 30 días.
Por ello, la Fiscalía acusa al presunto agresor de un delito de agresión sexual a menor de 16 años y otro de exhibicionismo. Por el delito de agresión sexual pide para él una pena de cárcel de cuatro años y nueve meses, así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, mientras que para el delito de exhibicionismo solicita nueve meses de prisión y también la prohibición de ejercer el derecho al voto durante ese tiempo. Previsiblemente se alcanzará un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa de la acusación para evitar la celebración del juicio.
Además, pide también la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la menor, su domicilio o lugares que frecuente en un plazo de ocho años. Asimismo, solicita para el acusado ocho años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión y deberá acudir a un curso de educación sexual de forma obligatoria.
El Ministerio Público solicita de igual forma la inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, por un tiempo de siete años y la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleve el contacto regular y directo con personas menores de edad por un plazo de 15 años.
Por último, el acusado deberá indemnizar a los representantes legales de la víctima con 1.200 euros por las lesiones psíquicas y 6.000 euros por los daños morales ocasionados.