AUNQUE TRABAJA Y HA COMPRADO UNA CASA, HABLA ESPAÑOL "CON DIFICULTAD

Niegan la nacionalidad por falta de integración a un marroquí que cree que el rey es "don Alfredo"

La Audiencia Nacional considera que el hombre, que reside en la isla desde hace 13 años, presenta una "acusada ignorancia sobre aspectos esenciales de la sociedad española"

11 de abril de 2017 (10:20 CET)
Niegan la nacionalidad por falta de integración a un marroquí que cree que el rey es "don Alfredo"
Niegan la nacionalidad por falta de integración a un marroquí que cree que el rey es "don Alfredo"

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad a un ciudadano marroquí que reside en Lanzarote desde el año 1999 por considerar que no ha justificado el suficiente grado de "integración en la sociedad española". La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por este hombre contra la resolución denegatoria de la Dirección General de Registros y del Notariado.

La Sala argumenta que, de acuerdo con la jurisprudencia, "el adecuado grado de integración en la sociedad española no se reduce a un conocimiento aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de las instituciones, costumbres y adaptación al modo y estilo de vidas españoles". Situación que considera que no se da en el caso de este hombre, que en la entrevista efectuada en 2012 por el juez encargado del Registro Civil de Arrecife reconocía que habla con dificultad el castellano, lee un poco el español, que tiene amistad con sus compañeros de trabajo y que el tiempo libre lo pasa en casa con su esposa y en alguna tertulia con amigos. Relataba que ve la televisión en español y en marroquí y, cuando le preguntaron quién era el rey de España, respondió que es "don Alfredo".

Así, se indica en la resolución de la Audiencia Nacional que se ha podido comprobar que, tras más de 13 años residiendo en España, el recurrente "sólo se relaciona con personas de su país de origen" y se ha podido constatar una "acusada ignorancia sobre aspectos esenciales de la sociedad española". Aspectos éstos que "sólo pueden achacarse a su desinterés por su parte sobre la realidad del Estado cuya nacionalidad pretende obtener".

 

Su abogada defendía que ha mantenido una residencia "intachable"


Además se señala que el interesado no ha justificado buena conducta cívica "conforme a lo previsto en el artículo 22.4 del Código Civil", ya que el certificado de antecedentes penales de su país de origen "está caducado". Del mismo modo se indica que tanto el certificado de nacimiento de su país de origen como el certificado de antecedentes penales que consta en el expediente "no se encuentra debidamente legalizado en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España".

La abogada del recurrente consideraba la denegación "disconforme a derecho" "pues el certificado de antecedentes penales tiene una validez de tres meses y en la tramitación del expediente se ha tardado más". Argumentaba además que no es "suficiente motivo" para denegar la nacionalidad "la dificultad para hablar en español"

En su recurso, también defendía que se ha acreditado "la existencia de una residencia legal mantenida de forma intachable, con trabajo, sin antecedentes policiales o penales, con conocimiento del español, así como que el mismo es conocedor de datos esenciales de la cultura, de la organización del territorio español y de la Constitución española". 

El recurrente ha trabajado en la construcción y en hostelería, aunque en 2012, cuando efectuó la entrevista ante el juez, se encontraba en paro. Motivo éste por el que recibía, según él mismo señaló, ayuda de su familia. Además, vive en una casa que se compró mediante una hipoteca y aseguraba conocer Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, tal y como relataba ante el juez responsable del Registro Civil de Arrecife. En la entrevista también señalaba que la bandera española es "roja, amarilla y roja, con escudo al centro" y que al norte de España "está Francia y por el oeste está Portugal". Tras aquella audiencia, el informe fiscal fue favorable al reconocimiento de la nacionalidad española, pero no le fue concedida. 

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