POR "DESCONOCIMIENTO DEL IDIOMA" Y DE "ASPECTOS ESENCIALES DE LA SOCIEDAD"

Niegan la nacionalidad a cuatro marroquíes residentes en Lanzarote desde hace más de una década

A uno de ellos fue "imposible" realizarle la entrevista porque "no" hablaba español 

24 de enero de 2018 (10:39 CET)
Niegan la nacionalidad a cuatro marroquíes residentes en Lanzarote desde hace más de una década
Niegan la nacionalidad a cuatro marroquíes residentes en Lanzarote desde hace más de una década

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad española a cuatro marroquíes residentes en Lanzarote desde hace más de una década por su "desconocimiento del idioma" y de "aspectos esenciales de la sociedad española". En uno de los casos, al solicitante, a pesar de contar con una residencia legal "superior a 10 años", fue "imposible" realizarle ninguna entrevista pues "no" hablaba español. 

Este hombre, según reza en la sentencia, presentó solicitud de nacionalidad en el Registro Civil de Arrecife el 24 de junio de 2014 y, ante comparecencia realizada ante el encargado ese mismo día, este concluyó que "el solicitante no habla español, por lo que se procede a terminar esta comparecencia ya que es imposible realizar ninguna entrevista". 

El 29 de enero de 2016, el solicitante volvió a ser citado para notificarle la resolución degenatoria de la Dirección General de Registros y del Notariado y para que prestase juramento/promesa. Sin embargo, éste acto ni siquiera pudo llevarse a cabo. Y es que, a pesar de haber pasado dos años, resultó "imposible entablar con él una conversación", "al no hablar nada de castellano", se recoge en el fallo judicial. 

De esta forma, la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso que este hombre interpuso contra la resolución denegatoria de la Dirección General de Registros y del Notariado, pues considera "incompresible" la "falta de dominio idiomático con el consiguiente absoluto desconocimiento institucional básico", en quien "lleva manteniendo en España una residencia legal tan dilatada".

 

Uno de los solicitantes alegó "nervios"


El idioma es el motivo en otro dos casos por el que la Audiencia también ha denegado la nacionalidad a otros dos solicitante marroquíes, uno de ellos residente en Lanzarote desde el año 2000 y otro con residencia en España desde 1999. En este caso, no por total desconocimiento del castellano, pero sí por presentar "dificultades" para entenderlo y expresarse.

"A la pregunta del juez encargado del Registro Civil de cuáles son los nombres de las Islas Canarias responde que no sabe, a la pregunta de si conoce algún río de España no la entiende, a la pregunta de si conoce a tres españoles mundialmente conocidos responde que no sabe", se señala en la sentencia que la Audiencia Nacional ha emitido tras el recurso presentado por uno de ellos, donde se apunta además que el interesado "no ha justificado buena conducta cívica" pues el certificado de antecedentes penales de su país de origen que presentó "está caducado y no está legalizado". 

En su demanda, el hombre alegó que se encontraba "totalmente integrado en la vida social y cultural española" y que los errores que había podido cometer se debían "al estado de nervios" en el que se encontraba. Sin embargo, la Audiencia Nacional considera acreditado que "desconoce acontecimientos normales de la vida española" y que "tiene dificultades en comprender el contenido de las preguntas que se le hacen porque no entiende el español, idioma en el que se le hacen", por lo que cree que "difícilmente podrá integrarse en la sociedad de la que pretende ser nacional". 

En lo referente al certificado de antecedentes penales, el tribunal apunta en su fallo que, aunque este defecto se subsanó posteriormente, el tribunal señala que la resolución "debe dictarse teniendo en cuenta los documentos que obren en el expediente". 

 

Situó las Islas Canarias en el Mar Mediterráneo


En cuanto al otro solicitante, aunque respondió correctamente a muchas preguntas del cuestionario, se señala que "desconoce datos tan esenciales como la ubicación de la isla en la que reside (sitúa las Islas Canarias en el Mar Mediterráneo), las lenguas oficiales (cita el canario como una de ellas) o qué es la constitución Española. Además, se señala que no entendía "la mayoría de las preguntas", "debiendo repetírselas o planteárselas de otra manera para que las pueda entenderder". 

Por último, el cuarto solicitante, aunque acreditó tener residencia legal en España desde el año 2000, teniendo autorización de residencia permanente y certificó también llevar de alta "en el Sistema de la Seguridad Social un total de 13 años, 2 meses y 13 días", no acertó sin embargo "la mayoría de las preguntas realizadas". "Desconoce la Constitución Española, no sabe que España está constituida en Comunidades Autónomas, no sabe si España pertenece a la Unión Europea, no conoce ningún río de España ni ningún pintor o escritor español", se apunta. 

Así, también le fue denegada la nacionalidad española, decisión que a ratificado la Audiencia Nacional señalando que "se ha podido constatar una acusada ignorancia sobre aspectos esenciales de la sociedad española".

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