La justicia reconoce a un guardia civil de Costa Teguise el derecho a trabajar como DJ

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la resolución del Ministerio del Interior y autoriza la compatibilidad de su función pública con actuaciones artísticas en espectáculos

18 de mayo de 2025 (19:55 WEST)
Actualizado el 18 de mayo de 2025 (19:55 WEST)
Zona exterior de la Guardia Civil de Costa Teguise Fotos: José Luis Carrasco
Zona exterior de la Guardia Civil de Costa Teguise Fotos: José Luis Carrasco

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un guardia civil destinado en Costa Teguise, contra la resolución del Ministerio del Interior que denegaba su solicitud de compatibilidad para ejercer una segunda actividad como DJ. La sentencia, fechada el 4 de diciembre de 2024, reconoce su derecho a desarrollar esta actividad artística de forma privada, siempre que respete sus obligaciones y horarios como funcionario público.

El caso se remonta a una resolución dictada el 3 de junio de 2024 por la Subsecretaría del Ministerio del Interior, que rechazaba conceder la compatibilidad al entender que la retribución del agente —específicamente el complemento específico percibido por su puesto— superaba el límite del 30% sobre su salario base, lo que, según la normativa vigente, impediría el ejercicio de una segunda actividad privada.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, en línea con una reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha estimado que el análisis de ese complemento debe centrarse exclusivamente en la parte directamente relacionada con las características del puesto de trabajo —como su peligrosidad o penosidad— y no incluir otros componentes generales que puedan distorsionar el cálculo. En este caso, el tribunal concluye que las retribuciones percibidas por el agente no superan ese umbral del 30%, lo que permite autorizar la compatibilidad.

La sentencia subraya que el reconocimiento del derecho a ejercer como DJ queda condicionado al estricto cumplimiento de sus deberes como guardia civil, sin que la nueva actividad afecte a su jornada laboral ni al desempeño de sus funciones públicas.

Además, el tribunal impone las costas del proceso a la Administración demandada, hasta un límite de 500 euros, y deja abierta la posibilidad de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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