A juicio por estafar más de 500.000 euros a sus socios en una empresa de Lanzarote

​En una de las operaciones intervino su mujer, que también se sentará en el banquillo de los acusados como “colaboradora necesaria”

I.L.

Periodista

27 de octubre de 2021 (19:57 CET)
Actualizado el 27 de octubre de 2021 (21:12 CET)
Juzgados de Arrecife
Juzgados de Arrecife

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas juzgará la próxima semana en Arrecife a un hombre acusado de estafar casi medio millón de euros a sus socios en una empresa de la isla. Junto a él se sentará en el banquillo su mujer, que presuntamente intervino en una de las operaciones.

La Fiscalía considera a R.P.C.B. autor de un delito continuado de apropiación indebida, por el que pide que se le imponga una pena de 4 años de prisión, y otro delito de estafa. En cuanto a su mujer, la considera “colaboradora necesaria” del delito de estafa, y solicita para ella dos años de cárcel.

Para ambos, ha aplicado como atenuante para rebajar las penas las “dilaciones indebidas” en la instrucción de la causa, que estuvo paralizada casi seis años, entre julio de 2010 y abril de 2016, a la espera solo de una pericial contable. 

Además de las penas de prisión, el escrito de acusación reclama también que se le imponga a cada uno una multa, de 3.000 y 2.400 euros respectivamente, así como la devolución del dinero. En concreto, pide que R.P.C.B., indemnice a una de las empresas con 284.415 euros y a la otra 218.228 euros. En cuanto a su mujer, la Fiscalía pide que responda de forma solidaria de la segunda suma.

 

Traspasos de dinero a sus cuentas personales

Los hechos se iniciaron en el año 2002, cuando se constituyó una de las sociedades y R.P.C.C. fue designado administrador único. Según el escrito de acusación, desde entonces y hasta el año 2006, “con la intención de favorecer a terceros y a él mismo, y con pleno conocimiento del perjuicio económico que ocasionaba tanto a la entidad administrada como a sus socios”, transfirió distintas cantidades de dinero “desde las cuentas de la sociedad a otras abiertas a su nombre, sin que conste causa alguna para tales operaciones y sin justificación contable”. En total, el dinero que desvió a sus cuentas personales por esta vía alcanzó los 55.634 euros.

Además, realizó otros “pagos y transferencias, sin que tampoco conste causa alguna justificada”, a otra mercantil de la que él era socio, por la cantidad de 228.781 euros.

A estas presuntas apropiaciones indebidas, la Fiscalía suma también un delito de estafa en la venta de una vivienda. En ese momento, en octubre de 2006, el acusado ya había sido revocado del cargo como administrador de la empresa, pero aún así acudió a una notaría invocando esa condición para poder realizar la venta en nombre de la empresa. Y la compradora era su mujer.

El precio que fijaron fue de 400.000 euros, “con subrogación de la carga hipotecaria que gravaba la citada vivienda”, y en la escritura se hizo constar que el vendedor había recibido previamente la cantidad de 198.228 euros. Sin embargo, esa cantidad nunca llegó a ser ingresada en el patrimonio de la empresa, ni tampoco se liquidó el impuesto correspondiente al IGIC -del tuvo responder la sociedad-, que ascendía a 20.000 euros. Además, la compradora tampoco asumió la subrogación del préstamo hipotecario, por lo que la empresa tuvo que seguir pagando las letras.

La Fiscalía también pide que ambos acusados indemnicen a la sociedad por el importe de esas mensualidades de la hipoteca, aunque en este caso no determina la cantidad, remitiéndose a lo que se determine en la fase de ejecución de sentencia.

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