El Gobierno canario contrató de forma irregular la instalación de carpas para alojar menores en Puerto Naos

El Consejo Consultivo de Canarias declara nulo el encargo por “prescindir totalmente del procedimiento legal” y recuerda que pueden exigirse "responsabilidades" para el personal al servicio de las administraciones

13 de mayo de 2025 (17:06 WEST)
Actualizado el 13 de mayo de 2025 (17:13 WEST)
Carpas en las que se alojan personas migrantes para la primera atención en el muelle de Puerto Naos. Foto: Juan Mateos.
Carpas en las que se alojan personas migrantes para la primera atención en el muelle de Puerto Naos. Foto: Juan Mateos.

El Consejo Consultivo de Canarias ha declarado nula la contratación por la que el Gobierno canario encargó en el verano de 2024 la instalación y mantenimiento de las polémicas carpas para atender a menores migrantes no acompañados a su llegada al muelle de Puerto Naos. Cabe recordar que esta iniciativa ya despertó la reticencia de la Fiscalía canaria, que alertó que no permitiría que los menores permanezcan alojados en carpas en los muelles como "si se tratara de hogares para niños". 

En octubre de 2023, el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Infancia, declaró la emergencia social, con atención prioritaria a la situación de los menores que permanecen en los recursos de las islas. Nueve meses después, el Consejo de Gobierno instó a Bienestar Social a "garantizar la primera acogida y atención inmediata de los menores en el propio puerto" y "con los medios que sean necesarios para ello". Entonces, la consejera encargó verbalmente la instalación de las carpas el 3 de julio a una empresa.

Según una resolución del Consejo Consultivo del pasado 30 de abril a la que ha podido acceder La Voz, la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias del Gobierno de Canarias contrató a esta empresa para la colocación de las carpas en Puerto Naos sin el "amparo de un procedimiento de licitación previo" ni su "posterior adjudicación" que le diera "cobertura legal", siendo por lo tanto "nulo de pleno derecho". 

El área dirigida por Candelaria Delgado (CC) reconoció en la citada resolución, que inició el propio área, que la contratación de esta instalación se realizó "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legal establecido". Así, la Consejería cerró un acuerdo con la entidad y "pese a su evidente nulidad inicial, se continuaron efectuando prestaciones sin la debida cobertura" contractual. 

A pesar de no haber un contrato en vigor, de haberse adjudicado sin procedimiento y sin publicidad y tras recibir el encargo por escrito por parte de la Consejería, la empresa instaló y se encargó del mantenimiento de las carpas entre el 6 de julio de 2024 y el 31 de diciembre. Entre octubre y enero de este año, la empresa emitió seis facturas por valor de 753.688 euros por los meses de servicio. 

"La prestación del servicio se ha realizado con la aquiescencia y consentimiento de la Viceconsejería de Bienestar Social", expone la resolución, que señala la "entera satisfacción" del área con el servicio y asegura que "se adecua a los precios de mercado". De este modo, será la Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias la que asumirá el pago del servicio a la empresa tras declararse nula la contratación y apoyándose en no producir "un enriquecimiento injusto de la administración pública". 

A ello se suma que el Consejo Consultivo resalta que, aunque se reclaman las prestaciones realizadas entre julio y diciembre de 2024, "no consta" que el Gobierno canario "haya licitado y adjudicado el nuevo contrato", por lo que esta situación podría volver a producirse.

Este organismo indica que el Gobierno de Canarias no está "impulsando los trámites para dar fin a esta situación irregular" ni para "dar cobertura jurídica adecuada a esta actuación" con la adjudicación de un contrato siguiendo los cauces legales. Así, acusa al Ejecutivo de "falta de planificación" y expone que "esta grave irregularidad" no puede "prolongarse en el tiempo".

 

Un procedimiento reservado para vicios graves de la ley

La nulidad de un acto administrativo está reservada para "suprimir actos administrativos contaminados con vicios graves". En este sentido, el Consejo Consultivo de Canarias expone que en este caso la infracción "no puede ser imputable" a la empresa, sino a la administración pública y señala que "deberá indemnizar" a la Fundación por los daños y perjuicios, pagándole el dinero total adeudado en las facturas.

A lo que pueden sumarse, "responsabilidades que, vinculadas a esta práctica irregular de contratación pública, pudieran derivarse para el personal al servicio de las administraciones".

Por ello, pide a la administración que "respete los principios de publicidad y concurrencia" y "erradique las prácticas que los vulneran".

Finalmente, indica que la declaración de nulidad no puede "erigirse como la forma habitual de contratación" por parte de las administraciones públicas, "eludiendo la tramitación del oportuno procedimiento". 

Además, acusa al Ejecutivo canario de realizar "un uso fraudulento" o "abusivo" de la revisión de oficio y de usarla como "mecanismo" para "soslayar" las circunstancias que "impiden hacer efectivo el pago de facturas debidas a los contratistas".  

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