Caso Jable

La Fiscalía retira los cargos a dos acusados y suprime el delito de asociación ilícita en el Caso Jable

Concretamente a Miguel Ángel Leal y Stephan Jean Balverde, al no hallar indicios de actos delictivos en su participación en la trama durante las sesiones del juicio

EFE

25 de septiembre de 2023 (15:13 CET)
Actualizado el 25 de septiembre de 2023 (20:29 CET)
Isabel Déniz y Felipe Fernández Camero durante el juicio del Caso Jable (Foto: Andrea Domínguez)
Isabel Déniz y Felipe Fernández Camero durante el juicio del Caso Jable (Foto: Andrea Domínguez)

El fiscal Anticorrupción Javier Ródenas ha retirado este lunes su acusación contra dos de los procesados por la denominada operación Jable, que se remonta a hechos ocurridos hace dos décadas, Miguel Ángel Leal y Stephan Jean Balverde, al no hallar indicios de actos delictivos en su participación en la trama durante las sesiones del juicio.

Asimismo, el fiscal ha eliminado el tipo penal de asociación ilícita por los que venía acusando al exlíder del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), Dimas Martín; a la exalcaldesa de Arrecife María Isabel Déniz, al que fuera secretario general del mismo ayuntamiento, Felipe Fernández Camero, y al jefe de su Oficina Técnica, Juan Rafael Arrocha. En su lugar, les ha acusado ahora por el delito de fraude a la administración.

Ello ha provocado las críticas de los abogados de Fernández Camero y Déniz, quienes han denunciado una vulneración del derecho fundamental a la defensa y del principio acusatorio "a partir de una calificación sorpresiva" del Ministerio Fiscal.

El abogado de María Isabel Déniz, José María Calero, ha pedido, en su escrito de defensa, que se tenga en cuenta las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, con carácter subsidiario a la prescripción de los hechos por los que se viene acusando a su defendida; pero, además, ha interesado que se declaren nulas aquellas pruebas de cargo "consistentes en declaraciones hetero-incriminatorias de acusados tras expresar conformidad con el escrito de acusación" del fiscal.

El letrado de Fernández Camero, por su parte, ha llegado a apuntar que en el nuevo escrito de acusación de Ródenas se han añadido "hechos que no eran objeto de acusación, ni siquiera del auto de apertura del procedimiento abreviado", y también ha solicitado que, en caso de condena, se tenga en cuenta las atenuantes de dilaciones extraordinarias y de reparación del daño respecto de su cliente.

El fiscal Ródenas sí ha tenido en cuenta, en su escrito de acusación definitivo, las dilaciones indebidas del procedimiento, aunque las considera como "simples", unida a la atenuante de confesión tardía, lo que le ha hecho bajar en un grado sus peticiones de pena.

El resto de acusaciones y defensas se han adherido a las peticiones del fiscal, si bien en algunos casos han instado a que se tenga en cuenta la atenuante de reparación del daño por haber consignado cantidades para combatir el perjuicio causado.

Discrepancias

Durante la sesión, han declarado también los peritos de las partes, que han mostrado discrepancias en lo relacionado con el origen de las ganancias de María Isabel Déniz, uno de los elementos centrales en los que se basan las acusaciones contra ella.

Según los peritos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de la Agencia Tributaria, existen unos 400.000 euros de ganancias patrimoniales no justificadas por parte de la familia de la exalcaldesa de Arrecife, y una serie de pagos que consideran se hicieron en efectivo para adquirir bienes inmuebles, vehículos o incluso motores navales o abonar el salario de la asistenta que tenía en casa.

Sin embargo, para el perito de la defensa de Déniz, "el planteamiento de la UCO es erróneo" porque "plantea un informe diciendo que lo que no encuentra, automáticamente tiene un origen desconocido", al tiempo que ha dicho que se han quedado en la "superficie", sin llegar a "profundizar".

En ese sentido, se ha hablado mucho en la sesión de la posible procedencia de parte de ese dinero que la UCO y Hacienda entienden no justificados.

Según el perito de la defensa, los informes acusatorios no tuvieron en cuenta las dietas que recibía Déniz en su condición de parlamentaria autonómica (entre 2003 y 2007), ni tampoco "las subvenciones que recibía el grupo Mixto al que pertenecía", fondos de los que sus miembros, ha asegurado, disponían "a su criterio".

"Se ha aportado el extracto de la cuenta domiciliada para el grupo Mixto, todos los meses reciben dinero y todos los meses hay tres cheques -los mismos que miembros del grupo-. No se declara, porque cuando uno se queda el dinero que se asigna al grupo parlamentario se lo gasten a su criterio", ha insistido.

En la presente causa se investiga si miembros del Consistorio de Arrecife a principios de siglo recibieron una serie de dádivas e ingresos en efectivo de las empresas Tecmed, luego Urbaser, y FCC para amañar concursos públicos.

El juicio continuará este miércoles con la lectura de informes finales y las últimas palabras de los acusados, quedando presumiblemente visto para sentencia. 

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