SU DECLARACIÓN COMO INVESTIGADO SE SUSPENDIÓ POR ESE RECURSO

El TSJC rechaza admitir el recurso de Clavijo contra la devolución del caso Grúas al Juzgado de La Laguna

Señala que la defensa del presidente del Gobierno de Canarias parte de "una premisa incorrecta" y de "afirmaciones erróneas" para intentar recurrir un auto contra el que no cabía recurso

22 de marzo de 2019 (15:52 CET)
El TSJC rechaza admitir el recurso de Clavijo contra la devolución del caso Grúas al Juzgado de La Laguna
El TSJC rechaza admitir el recurso de Clavijo contra la devolución del caso Grúas al Juzgado de La Laguna

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha rechazado admitir a trámite el recurso del presidente del Gobierno canario, Fernando Clavijo, contra la decisión de la propia sala de devolver el caso Grúas al Juzgado de La Laguna que llevaba este procedimiento. Así, ha confirmado el auto por el que se declaró incompetente para instruir esta causa y por el que dejó el futuro procesal de Clavijo en manos de ese Juzgado.

Tras aquella decisión, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna, María Celia Blanco, llegó a citar a Fernando Clavijo para declarar en calidad de investigado, pero finalmente suspendió esa citación al considerar que, ante el recurso de casación del presidente canario, aún estaba en liza quién era el órgano que tiene la competencia para seguir con el procedimiento. Sin embargo, después de que los denunciantes del caso Grúas y de que el propio Ministerio Fiscal manifestasen su oposición a la admisión del recurso planteado, el TSJC ha acordado "tener por denegada la preparación para el recurso de casación" formulado por la defensa de Clavijo. 

Al respecto, hay que recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias resolvió devolver la causa a La Laguna con un auto que dejaba claro que contra él no cabía recurso. Sin embargo, la defensa de Clavijo intentó aún así recurrirlo, pidiendo que el Tribunal Supremo revisara esta decisión.

Ahora, el auto del TSJC considera que la defensa de Clavijo "parte de una premisa incorrecta" e incluye "afirmaciones erróneas" para pedir que se acepte la presentación de ese recurso extraordinario. No obstante, la decisión de la Sala de lo Penal del TSJC ha contado con un voto particular, de nuevo de Antonio Doreste, y es susceptible de recurso de queja ante el Tribunal Supremo.

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