EL FISCAL ALEGÓ QUE SE APORTARON ANÁLISIS DE UN LABORATORIO NO ACREDITADO

El juez Lis prohíbe a Club Lanzarote reutilizar el agua depurada en contra del criterio de la Fiscalía

La medida cautelar, que no es firme, se ha adoptado a raíz de una nueva denuncia interpuesta por el Consejo de Aguas, que se suma a la que presentó San Ginés y que ya ha sido archivada por la Audiencia

15 de junio de 2017 (12:09 CET)
El juez Lis prohíbe a Club Lanzarote reutilizar el agua depurada en contra del criterio de la Fiscalía
El juez Lis prohíbe a Club Lanzarote reutilizar el agua depurada en contra del criterio de la Fiscalía

El juez Rafael Lis ha adoptado medidas cautelares contra Club Lanzarote a raíz de una nueva denuncia que interpuso contra la empresa el Consejo Insular de Aguas, presidido por Pedro San Ginés. En un auto fechado el pasado 12 de junio y hecho público por el Cabildo, el magistrado ordena el cese cautelar de la actividad de reutilización de agua depurada en Montaña Roja. Y lo hace en contra del criterio del Ministerio Fiscal, que se oponía a esta medida solicitada por San Ginés.

Entre otras cosas, tanto la empresa como la Fiscalía sostenían que Club Lanzarote sí tenía autorización para esta actividad. Además, ponían en duda la validez de los análisis del agua depurada aportados por el Consejo, ya que se realizaron en un laboratorio que no cuenta con la debida acreditación para llevarlos a cabo. Sin embargo, el juez desestima en su auto ambos argumentos y ordena esta medida cautelar, contra la que aún cabe recurso ante la Audiencia Provincial.

Esta nueva denuncia del Consejo Insular de Aguas se suma a la que interpuso personalmente San Ginés contra Club Lanzarote, que ya ha sido archivada de manera firme. En esa primera querella, el presidente llegó a acusar a la empresa de hasta cinco delitos: dos contra el medio ambiente, uno de estafa, otro contra los consumidores y uno más contra la Hacienda pública. Sin embargo, todos ellos fueron archivados primero por el juez instructor de esa causa, Jerónimo Alonso, y después por la Audiencia Provincial, que llegó a afirmar que San Ginés había pretendido convertir el procedimiento en "una suerte de inquisición general, incompatible con los principios que inspiran el proceso penal en un estado de derecho". 

 

Querella archivada y nueva denuncia


Aunque esa primera querella fue interpuesta personalmente por Pedro San Ginés, después se personó en la causa el Consejo Insular de Aguas, que fue quien recurrió sin éxito el archivo de las diligencias. Y paralelamente, el mismo Consejo interpuso otra denuncia, que fue la que terminó en el Juzgado de Rafael Lis. En ella acusaba a la empresa de otro supuesto delito contra los recursos naturales, por la reutilización del agua depurada para el riego de los jardines, que es sobre lo que ahora se han dictado medidas cautelares.

Para ello, el juez se basa en análisis realizados por la misma empresa que ya fue rechazada en el otro procedimiento por no contar con acreditación. "De las muestras tomadas y analizadas por el laboratorio Laqualab y que se aportan a la denuncia y a su ampliación, se desprende que los resultados superan los límites máximos admisibles previstos", sostiene el auto, que afirma que "el simple hecho de que al agua utilizada para el riesgo no cumpla con los parámetros de calidad mínimos establecidos en la norma general es de por sí un riesgo para la salud y el medio ambiente".

Por su parte, tal como señala el auto, la empresa alegó que no destina a riego el agua reutilizada. Al respecto, el juez responde que esa afirmación "choca con la declaración realizada por el propio técnico de Club Lanzarote". Además, señala que "si tal y como dice Club Lanzarote, no realiza ninguna actividad consistente en el uso para riego de agua reutilizada, ningún problema tendrá ni le causará el cese de una actividad que dicen, ahora, que no desarrollan". Es decir, que concluye que la medida cautelar no supondrá consecuencia alguna si efectivamente no se estaba utilizando el agua para regar los jardines de la urbanización.

 

"Tuvo una autorización que está caducada"


En su nota de prensa haciendo público este auto, el Cabildo subraya también que "Club Lanzarote recibió en su día autorización solo para depurar aguas, y no para la reutilización, dos actividades claramente diferenciables". Asimismo, en contra de lo que sostenía el Ministerio Fiscal, añade que la entidad "tuvo una autorización que hoy en día está caducada, pues se concedió por un plazo de quince años, tal y como consta en la autorización, con validez desde febrero de 2001, por lo que su vigencia ha expirado sobradamente". Y también agrega que parte del agua depurada "se echa en un pozo filtrante, sin autorización del Consejo Insular de Agua".

Al respecto, cabe recordar que San Ginés entregó todas esas instalaciones para su explotación a Canal Gestión, después de que ordenara la incautación ilegal de la desaladora y la depuradora de Montaña Roja. Sin embargo, la medida fue después anulada por los tribunales, dando lugar además a la imputación del presidente en otra causa, por presuntos delitos de prevaricación y coacciones al haber ordenado y ejecutado esa incautación.

Fue tras la anulación de la incautación y de su imputación cuando Pedro San Ginés comenzó a interponer denuncias contra Club Lanzarote, primero por cinco presuntos delitos que ya han sido archivados, y después por esta nueva acusación que se dirime en el Juzgado de Rafael Lis.

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