El titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de Arrecife, Ricardo Fiestras, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la única pieza separada del caso Unión cuya instrucción continuaba abierta, centrada en presuntos delitos de alzamiento de bienes por parte del líder histórico del PIL, Dimas Martín. Esta pieza, que fue la única que al separarse quedó en manos de otro Juzgado distinto al que inició el caso Unión, tenía también entre los imputados al empresario hotelero José María Rosell, a José Gonzalo Gil Acosta, a la hija de Dimas, Susana Martín, y a empresarios y personas de su "entorno", como Carlos Matías Curbelo, José Ramón Vizcaíno, Samuel Lemes y José Francisco Lemes.
En su auto, fechado el pasado 15 de octubre, el juez recuerda que esta pieza se inició tras el hallazgo de diversa documentación durante el registro que realizó la UCO en casa de Dimas Martín en la primera fase del caso Unión. En esos documentos, aparecían bienes de los que disponía "a través de su entorno familiar y empresarial", pero que no estaban a su nombre.
Tras investigar estos hechos, los agentes concluyeron que el objetivo podía ser ocultar el verdadero patrimonio de Dimas para eludir sus responsabilidades con la Justicia, ya que tenía que responder de la sentencia del Complejo Agroindustrial, en la que se le condenó entre otras cosas al pago de casi 6 millones de euros para responder del dinero malversado. Por eso, se separó esta pieza de la causa para investigar esos presuntos delitos de alzamiento de bienes, derivándose en su día al Juzgado Número 4, que es el que ahora ha acordado el sobreseimiento provisional al concluir que "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito".
Rosell, un "mero acreedor frustrado"
Para explicar esa conclusión, el magistrado sostiene que Dimas Martín mantenía una importante deuda con otro de los principales investigados, el empresario José María Rosell, y apunta que eso habría justificado que pusiera bienes a su nombre como pago, aunque los siguieran disfrutando él y su familia.
Incluso, se llega a referir a Rosell como un "mero acreedor frustrado" y concluye que "las operaciones denunciadas por la policía no eran más que el mero intento de saldar cuentas entre los mismos respecto a los créditos nacidos muchos años antes de las mismas".
"No se acredita delito de alzamiento de bienes en la medida en que no se ocultaron o se distrajeron los mismos con ánimo de frustrar la Administración de Justicia, sino que se trató simple y llanamente de intentar pagar por el deudor a quien legítimamente como acreedor le reclamaba el pago de la deuda", añade el auto, que cita un escrito aportado por la defensa.
"Resulta imposible de demostrar"
Además, señala que para mantener la acusación sería necesario "acreditar, aunque sea someramente, que dicha persona situó bienes" en calidad de "poseedor no titular con carácter previo y a sabiendas de que le podrían condenar por delitos que llevasen aparejada el pago de responsabilidad civil", como ocurrió con la sentencia del Complejo Agroindustrial y posteriormente con otras que ha ido sumando Dimas Martín también por delitos de malversación de dinero público, incluidas otras piezas del caso Unión que ya tienen sentencia firme.
"Que estas operaciones se hayan hecho simuladamente y con carácter previo para evitar el cumplimiento del hipotético (aunque efectivamente real) fallo judicial resulta, agotada la instrucción y a nuestro juicio, imposible de demostrar", señala el auto. A esto, añade que "no podemos descartar que, efectivamente, dichos bienes estén situados ajenos al poder de disposición del entorno del señor Dimas y en manos de sus titulares formales".