El Tribunal Supremo ha ratificado sentencia que condenó a Facundo Perdomo Brito a tres años y medio de cárcel por "apropiarse" de 220.000 de una empresa con sede en Arrecife, Laguitur SL, de la que era apoderado y administrador. El primer fallo fue dictado en octubre de 2015 y ahora el Supremo ha rechazado el recurso del acusado, convirtiendo en firme la condena.
"Lo realmente pretendido por el impugnante es cuestionar la convicción del tribunal de instancia, ofreciendo, o sugiriendo más bien, una hipótesis alternativa, pero sin aportar realmente elementos de prueba", concluye la nueva sentencia, que rechaza todos los motivos alegados en el recurso. Además, destaca que en aquel fallo se realizó un "riguroso examen de los hechos", para fundamentar la condena que acaba de ser ratificada.
Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial también impuso a Perdomo la obligación de devolver los 220.626,85 euros de los que se apropió indebidamente, así como pagar una multa de 1.620 euros y hacerse cargo del pago de costas procesales, incluida la de la acusación particular.
Llegó a retirar 30.000 euros en un día
Los hechos tuvieron lugar entre los años 2007 y 2008, cuando el acusado retiró importantes cantidades en efectivo de las cuentas de la empresa (hasta 30.000 euros en un día) y realizó distintos traspasos a la cuenta de otra sociedad que estaba solo a su nombre. Además, "cuando ya se le había advertido de que se abstuviera de efectuar cualquier acción en nombre de la compañía que supusiera disposiciones de fondos o activos a la misma", la sentencia considera acreditado que hizo hasta cuatro pagos distintos a otra persona, que sumaban en total unos 120.000 euros.
Respecto a esos últimos pagos, el acusado alegó en su defensa que correspondían a una deuda que tenía Laguitur por el alquiler de varios apartamentos que explotaba, así como a un pago anticipado de las obras de rehabilitación en uno de ellos. Según su versión, había rentas impagadas durante un periodo de 12 años. Sin embargo, el interesado ni siquiera las había reclamado cuando recibió el pago. "En el Juzgado declaró que no le sorprendió que le devolvieran esas cantidades sin haberlas reclamado", subrayaba la Audiencia en su sentencia, para restar crédito a ese argumento de la defensa.
En cuanto a las sumas que fueron a parar a otra sociedad a nombre del acusado, por valor total de más de 100.000 euros, Facundo Perdomo alegó que ese dinero correspondía a los salarios de una empleada, que había estado pagando él "sin estar obligado a ello". Sin embargo, la sentencia sostiene que ese argumento "no tiene ningún sentido", a la luz de las pruebas y los testimonios que se aportaron durante el juicio.
Tras ir detrayendo ese dinero en momentos diferentes, bien con extracciones en efectivo o con traspasos a la cuenta de su empresa personal, el acusado emitió una factura por el montante total, que ascendía a 109.435 euros. Según la sentencia, con esto pretendía "únicamente justificar" el dinero que había detraído de la empresa, ya que "el otro socio de Laguitur le estaba pidiendo explicaciones".