CONSIDERA QUE PERPETÚAN UNA IMAGEN DE "NIÑA-MUJER" ESTEREOTIPADA

Tiemar "rechaza" los carteles de reina infantil del Carnaval con niñas "cargadas de maquillaje"

La asociación de mujeres rurales considera que vulneran las leyes sobre publicidad y sobre menores y pide que sean "supervisados y retirados"

30 de enero de 2017 (15:43 CET)
Tiemar "rechaza" los carteles de reina infantil del Carnaval con niñas "cargadas de maquillaje"
Tiemar "rechaza" los carteles de reina infantil del Carnaval con niñas "cargadas de maquillaje"

La Asociación Rural de Mujeres Tiemar ha mostrado su rechazo a la imagen "de niña-mujer estereotipada" que muestran algunos carteles de candidatas a reina infantil del carnaval de Arrecife 2017 y pide que éstos "sean supervisados y retirados". Esos carteles, según lamenta, "muestran niñas cargadas de maquillaje y con ropa inadecuada, no sólo para la libertad de movimientos que necesita la infancia, sino incluso para el frío del mes de febrero", por lo que consideran que "deberían ser supervisados y retirados".

"Un carnaval infantil ha de estimular la imaginación y favorecer la diversión de las y los menores: siendo una flor, la luna, un robot, o un hada, etc, pero no repitiendo hasta la saciedad los anquilosados estereotipos propios de un rancio certamen de misses. Eso no es ni imaginación ni diversión, ni es igualdad ni es progreso", advierten desde Tiemar.

Desde la asociación señalan en un comunicado que "ser mujer no es un disfraz, y las niñas han de poder elegir en su momento la propia imagen adulta sin el peso de la influencia de los estereotipos sexistas, todavía al uso". Añaden que "estos estereotipos también influyen de manera innegable en la postergación de las mujeres en la sociedad, en su cosificación y en las violencias de todo tipo que sufren; por tanto, no son ni inocentes ni inofensivos".

 

"Legitimado por las leyes"


Desde este colectivo de mujeres señalan que el comunicado no "es simplemente una opinión más, sino que viene legitimado por la leyes que regulan nuestra convivencia". Así, indican que "el artículo 3 de la Ley 34/1988 General de Publicidad, que regula la publicidad ilícita, considera como tal la que atenta contra la imagen de las mujeres asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género".

Afirman asimismo que"el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece el derecho de las y los menores al honor, a la intimidad y a la propia imagen".

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