El Gobierno ha decidido este martes, en el Consejo de Ministros, prohibir los vuelos directos entre España e Italia para frenar nuevos contagios por el coronavirus. El veto entrará en vigor a partir de este miércoles y se mantendrá por el momento hasta el 25 de marzo.
El acuerdo ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se propone completar las medidas acordadas por el Gobierno italiano "con el objetivo de que sean enteramente efectivas en nuestro país". "Las comunicaciones existentes entre Italia y España por vía aérea son numerosas, con un importante número de vuelos y de viajeros procedentes de las zonas afectadas", se expone en el mismo.
"Italia representa el tercer mercado aéreo internacional por importancia parta España, con más de 106.000 operaciones comerciales registradas en 2019 y alrededor de 16 millones de pasajeros, lo que supone aproximadamente un 9% de todo nuestro tráfico internacional. A tenor de estas cifras, no es de extrañar que la gran mayoría de los casos importados en nuestro país han sido vinculados a viajeros procedentes de Italia", se añade en el acuerdo.
Asimismo, se señala que la medida se considera "proporcionada, objetiva y no discriminatoria" y que "está en línea con el objetivo establecido por el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud de interrumpir la propagación del virus, adoptando medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo".
No se aplicará a vuelos humanitarios, médicos o de emergencia
Según se indica, la medida "se establece con carácter temporal, con un límite de 14 días, que se podrá prolongar, con el acuerdo de la Comisión Europea por periodos adicionales no superiores a 14 días, y evaluada periódicamente, teniéndose en cuenta la evolución de la epidemia en Italia y las medidas que el Gobierno de Italia aplique en su territorio, con el fin de valorar el restablecimiento de la normalidad en cuando sea posible".
La prohibición no será de aplicación a las aeronaves de Estado, ni a la realización de escalas con fines no comerciales, vuelos exclusivos de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia.