PROPONE REVISARLO E INTENTAR CONVALIDARLO O INSTAR SU ANULACIÓN

Un informe jurídico hace tambalearse el convenio de la Cueva: plantea que sería nulo y lesivo para Haría

Concluye que se saltaron trámites obligados y que no está homologado por los tribunales. Además, cuestiona que ni siquiera incluye una indemnización para el Ayuntamiento

5 de julio de 2018 (10:07 CET)
Un informe jurídico hace tambalearse el convenio de la Cueva: plantea que sería nulo y lesivo para Haría
Un informe jurídico hace tambalearse el convenio de la Cueva: plantea que sería nulo y lesivo para Haría

El convenio de Cueva de Los Verdes se firmó sin contar con los informes y las autorizaciones pertinentes, incurre en vicios de nulidad, es "lesivo" para el Ayuntamiento y no está validado ni ha sido homologado por los Tribunales, en contra de lo que ha venido afirmando el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés. Eso es lo que concluye un demoledor informe jurídico encargado por el Consistorio, que hace que se tambalee el acuerdo que la institución firmó con el Cabildo para poner fin al pleito de la Cueva tras la llegada de Marci Acuña a la Alcaldía.

Entre otras cosas, el informe señala que "dadas las magnitudes económicas" que estaban en juego, el convenio debería haber contado con "la autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma" para formalizarlo. "La ausencia de dicha autorización podría acarrear la nulidad del acuerdo", advierte el dictamen elaborado por Lexia Abogados, que plantea que el primer paso sería solicitar ahora esa autorización para intentar "convalidar" el convenio. Además, a esto añade que el Ayuntamiento "tiene la obligación" de volver a analizar su contenido, ya que "existen indicios para sostener la lesividad al interés público", dado que el acuerdo ni siquiera reconoce una indemnización económica al Consistorio.

Cabe recordar que la interventora de Haría reclamó en su día que se encargara un informe económico para determinar si era "lesivo" para el Consistorio, pero el grupo de gobierno -formado por CC y Somos Lanzarote- no llegó a solicitarlo y aprobó el convenio sin contar con ese dictamen. Después, tras adquirir firmeza la sentencia de la Cueva, el Ayuntamiento encargó un informe jurídico, que es el que acaba de ser entregado a los grupos de la oposición y que pone en jaque el convenio aprobado en octubre de 2016, advirtiendo entre otras cosas de esa "lesividad" para las arcas municipales.

 

Cifra en más de 15 millones la indemnización que fijó la sentencia


"Resulta claro que las partes no pactaron cantidad alguna en concepto de daños y perjuicios que se reconoció a favor del Ayuntamiento de Haría en la sentencia de febrero de 2015", señala el informe. Esa sentencia no solo condenaba al Cabildo a abandonar este centro turístico sino que también le obligaba a entregar al Consistorio todo el dinero recaudado por la venta de entradas desde el 25 de noviembre de 2010, cuando el Ayuntamiento le ordenó desalojar la Cueva por el impago del canon, y hasta que se hiciera efectiva la devolución de este centro turístico. En cuanto al importe que supondría esa indemnización, el informe señala que cuando se firmó el convenio hace casi dos años superaba ya los 15 millones de euros.

Sin embargo, el acuerdo que el grupo de gobierno de Haría alcanzó con el Cabildo "no contiene disposición alguna sobre un eventual pago al Ayuntamiento en concepto de indemnización", señala el informe jurídico. Al respecto, aclara que el canon que el Cabildo se compromete a pagar a Haría por la explotación de la Cueva no puede entenderse como una indemnización, ya que "en ningún caso las partes hicieron referencia" a ello en el acuerdo. Además, subraya que ese sistema de cánones "coincide con el establecido a favor del Ayuntamiento de Tinajo, lo cual refuerza la tesis de que la compensación económica obedece exclusivamente a la renta o precio fijado por las partes para la explotación turística de dichos Centros".

En cuanto al Plan Específico de Desarrollo del Municipio que se incluyó en ese convenio -por el que el Cabildo se comprometía a invertir 6 millones de euros en Haría en los próximos 10 años-, el informe señala que "dados los términos de la cláusula, cabe destacar que dicho pacto parece responder a una declaración de intenciones", ya que se establecía que el Cabildo financiaría las obras "en la medida de sus posibilidades". Además, cuestiona que ni siquiera se establecía una cantidad fija, al señalar que "el importe estimado se determinaría cada año atendiendo a las prioridades municipales" y que esas "prioridades" serían "objeto de acuerdos" posteriores.

 

Propone remitir el acuerdo al Juzgado para que se pronuncie


El informe también advierte que la sentencia que dio la razón al Consistorio sigue siendo "el único título ejecutable desde el punto de vista procesal", ya que el acuerdo extrajudicial no ha sido homologado por los tribunales. No obstante, tampoco recomienda instar directamente la ejecución de ese fallo, al menos "hasta que el acuerdo extrajudicial no quede sin efecto". Y es que aunque apunta que pedir directamente la ejecución de la sentencia es una de las "alternativas", señala que esa opción "no estaría exenta de dificultades", ya que el Cabildo "con seguridad invocaría la formalización y vigencia del acuerdo extrajudicial". 

Por eso, lo que propone en primera instancia es dirigirse al Gobierno de Canarias para solicitar la autorización que no se recabó en su día, como paso indispensable para intentar "convalidar" el acuerdo. Después, en caso de obtenerse esa autorización, recomienda solicitar la homologación judicial del acuerdo, para que sea el juez quien determine si es "contrario al ordenamiento jurídico o lesivo al interés público". Y en caso de que sea así, iniciar un procedimiento para anular el convenio.

Cabe recordar que el acuerdo ya se remitió al Tribunal Superior de Justicia de Canarias a finales de 2016, justo antes de que resolviera el recurso que había presentado el Cabildo contra el fallo de primera instancia. Con ello, ambas partes pretendían que se pusiera "fin al procedimiento". Sin embargo, lo que hizo el TSJC fue declarar firme la sentencia de primera instancia y remitir la posible "homologación" del convenio a la fase de ejecución del fallo. Además, reprochó al Cabildo su actitud "errática" y señaló que lo que debía haber hecho si quería poner fin al pleito era retirar su recurso, dado que era "incompatible" con la posterior presentación de un convenio.

 

"No existe relación entre las pretensiones" de Haría "y los acuerdos alcanzados"


Tras recordar el contenido de esa sentencia, el informe jurídico insiste en que el fallo en ningún caso implicó la "homologación" del convenio, en contra de lo que ha venido defendiendo el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés. Además, subraya que ese convenio no puede entenderse como una transacción judicial, ya que solo puede acudirse a esta vía para zanjar un pleito cuando aún no se ha dictado sentencia. Y en este caso, el convenio llegó cuando ya había una sentencia de primera instancia dando la razón a Haría y reconociéndole el derecho a cobrar una indemnización millonaria.

Del mismo modo, el informe apunta que tampoco puede considerarse que exista una "satisfacción extraprocesal" en virtud de esa acuerdo, porque para ello se tendrían que haber aceptado íntegramente las pretensiones del Ayuntamiento. "Debe existir total identidad entre lo pedido en vía judicial y lo acordado" y "la satisfacción debe ser completa e inequívoca", subraya el informe, que añade que "de un análisis comparativo entre las pretensiones formuladas por el Ayuntamiento de Haría en su demanda de 12 de abril de 2012 y el contenido del acuerdo extrajudicial objeto de este informe, se concluye fácilmente que no existe esa relación de coincidencia entre las pretensiones y los acuerdos alcanzados", y que "tampoco se da esa coincidencia con el fallo de la sentencia que estimó íntegramente la demanda" de Haría.

Por eso, plantea distintas opciones que puede iniciar el Consistorio para anular ese convenio. Una de ellas sería iniciar un trámite para declararlo nulo, tras solicitar el informe preceptivo al Consejo Consultivo de Canarias. Además, "sin perjuicio" de esa posibilidad, apunta que "alternativamente se podría instar la declaración de lesividad del acuerdo extrajudicial", para "posteriormente solicitar la anulación judicial del mismo", ya que insiste en que "existen indicios para sostener la lesividad al interés público del Ayuntamiento".

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