Además, se establecerá una bonificación de la cuota del IBI del 50 por ciento en las propiedades destinadas a primera vivienda que pertenezcan a familias numerosas con hijos menores a cargo

Teguise reducirá casi un 20 por ciento el tipo de gravamen del IBI en el próximo ejercicio

El Ayuntamiento de Teguise acordará en una próxima sesión plenaria la bajada del tipo de gravamen impositivo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del 0,60% al 0,50%, una reducción de casi el 20 por ciento ...

10 de noviembre de 2008 (12:13 CET)
Teguise reducirá casi un 20 por ciento el tipo de gravamen del IBI en el próximo ejercicio
Teguise reducirá casi un 20 por ciento el tipo de gravamen del IBI en el próximo ejercicio

El Ayuntamiento de Teguise acordará en una próxima sesión plenaria la bajada del tipo de gravamen impositivo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del 0,60% al 0,50%, una reducción de casi el 20 por ciento que, según afirman, "viene argumentada en un reciente estudio realizado por el Consistorio sobre los efectos producidos en el Padrón del Impuesto en los últimos años".

Será la segunda reducción de la base liquidable del IBI en menos de año y medio, después de que en agosto de 2007 pasara del 0,63 al 0,60. En esta oportunidad, el descenso del tipo se pronuncia considerablemente con el objeto de mitigar el efecto del tributo en las economías familiares del municipio de Teguise.

Además, las iniciativas fiscales del próximo ejercicio van más allá de la reducción al 0,50% del tipo del IBI aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en general. "También se considera oportuna la adopción de una serie de medidas que contribuyan a la reducción de la presión fiscal, y que no supongan una merma significativa de las arcas municipales", apuntan desde el consistorio. Al mismo tiempo, los servicios municipales continuarán con la actualización y revisión de los padrones catastrales de todo el municipio.

Bonificación del 50% para familias numerosas

En 2009 el Ayuntamiento de Teguise establecerá de manera novedosa una bonificación de la cuota del IBI del 50 por ciento a los sujetos pasivos titulares de bienes inmuebles de naturaleza urbana en general, cuyo uso principal o destino en su inscripción catastral sea el de vivienda, debiendo para ello, primero, acreditar ser titular de familia numerosa. Una segunda premisa es la necesidad de que sea la primera vivienda de la unidad familiar. Los vecinos que deseen beneficiarse de dicho descuento deben solicitarlo anualmente, durante el primer semestre del año, y siempre antes de la aprobación del padrón del Impuesto para ese ejercicio. Los solicitantes deben acreditar que constituyen una unidad familiar cuyos hijos sean menores y no se hayan emancipado.

También resulta novedosa en la historia de la Hacienda local el establecimiento de descuentos por la domiciliación bancaria. El concejo establecerá una bajada en los recibos del 5 por ciento en caso de que el ingreso del IBI se realice a través de una entidad financiera.

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