AFIRMA QUE "NO CONSIDERÓ" NECESARIO "INFORMAR" DE ESTE PROCEDIMIENTO

San Ginés tacha de "intrascendente" la sentencia del TSJC sobre el contrato con Canal y no la ejecutará

Carga contra La Voz por hacerla pública y afirma que la ha mantenido oculta seis meses porque el procedimiento está "cerrado" por el acuerdo con Club Lanzarote. Sin embargo, al mismo tiempo desvela que ha recurrido el fallo

16 de mayo de 2018 (18:26 CET)
San Ginés tacha de intrascendente la sentencia del TSJC sobre el contrato con Canal y no la ejecutará
San Ginés tacha de intrascendente la sentencia del TSJC sobre el contrato con Canal y no la ejecutará

El presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, ha tachado de "intrascendente" la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que ordena revisar la adjudicación del ciclo del agua a Canal de Isabel II y ha cargado contra este medio por hacerla pública, después de que hubiera permanecido oculta durante seis meses. "No se consideró informar de un procedimiento cerrado a efectos prácticos", señala San Ginés en un comunicado, reconociendo así que conocía este fallo judicial desde hace casi medio año y que lo había mantenido oculto.

Según San Ginés, el procedimiento está "cerrado" porque "mucho antes de que se produjese esta sentencia" ya llegó a un acuerdo con la demandante, Club Lanzarote, para que "desistiera" de este pleito. Sin embargo, al mismo tiempo señala que la sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo, por lo que confirma que está destinando recursos públicos a un pleito que según él está "cerrado" y "terminado" por "desistimiento del demandante".

Respecto a ese recurso, asegura también que su resultado no tendrá "consecuencias". De esta forma, deja claro que aunque sea rechazado y se declare firme el fallo del TSJC, no tiene intención de ejecutarlo. Además, en varios puntos del comunicado cuestiona el contenido de esa sentencia, llegando a 'corregir' las conclusiones del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y aportando sus propios argumentos.

 

Lo que "debe desconocer la sentencia del TSJC", según San Ginés


Entre otras cosas, ese fallo concluye que en el proceso de adjudicación del ciclo del agua se produjeron "alteraciones sorprendentes" del pliego inicial del concurso "en beneficio" de Canal Gestión y que las condiciones del contrato que se terminó firmando era "radicalmente distintas" a las que se habían sacado a concurso. "Debe desconocer la sentencia del TSJ, que la única variante del pliego de condiciones, -que no alteración sustancial del mismo, en la medida en que no sólo fue fiscalizada de conformidad por la intervención del Consorcio, sino que fue aprobada por unanimidad de la Asamblea del Consorcio y publicado en el Boletín Oficial junto al resto de aspectos de negociación-, fue la posibilidad de diferir el pago único de 50 millones de euros a varias anualidades", responde San Ginés al Tribunal.

Tal como este martes publicó La Voz, la sentencia hace referencia "a modo de ejemplo" esta "alteración" de las condiciones, pero subraya que hay más. Respecto a la que detalla, señala que permitió a Canal afrontar ese pago en cinco años, desembolsando inicialmente solo 15 millones, frente a los 50 que se solicitaban en el concurso que se declaró desierto y tras el que se recurrió a un procedimiento negociado.

Además, mientras el presidente cuestiona lo que califica como "intrascendente sentencia del Tribunal Superior de Justicia" -de la que no consideró necesario informar a la opinión pública, al resto de partidos ni a los socios del Consorcio del Agua-, también recuerda la que dictó en primera instancia el Juzgado de lo Contencioso, sobre la que sí envió un comunicado de prensa en su día afirmando que había "validado la legalidad" de la adjudicación. Cabe recordar que en realidad, aquel fallo se limitaba a desestimar la demanda de Club Lanzarote por un tema formal y sin entrar al fondo, a diferencia de lo que sí hizo después el TSJC.

 

El presidente también cuestiona la redacción del fallo


Además de haber mantenido oculta esta sentencia, San Ginés también carga contra La Voz de Lanzarote por haberla hecho pública, afirmando que "determinados medios de comunicación" están "hábidos (sic) de abatir a esta Presidencia". Incluso, pese a que no desmiente nada de lo publicado por La Voz -que se limitó a publicar una noticia con el contenido de la sentencia del TSJC-, acusa a este medio de "confundir sus deseos con la información que había resultado sencilla de recabar". Una información, cabe reiterar, que el presidente no había hecho pública en medio año.

Al respecto, cabe subrayar también que lo que rebate el comunicado de San Ginés no es la noticia de La Voz, sino el contenido de la sentencia. Entre esas críticas, incluye también una a la redacción del fallo. "Echamos de menos que se precise que se trata en todo caso de una estimación parcial del recurso, en la medida en que en realidad desestima la solicitud de la nulidad de pleno derecho de la adjudicación, como solicitaba Club Lanzarote en su recurso", afirma el presidente, que añade que la sentencia se "limita" a "pedir al Consorcio que revise de oficio la adjudicación". Sin embargo, deja claro que no va a cumplir ese mandato judicial, al que se refiere como "petición", insistiendo en que "ha quedado sin efecto al desistir de manera expresa el demandante".

Por último, niega que la sentencia "solicite ninguna consulta al Consejo Consultivo, como se ha dado a entender". Al respecto, tal como este martes publicó La Voz de Lanzarote, cabe recordar que lo que señala el fallo es que no puede declarar nula la adjudicación a través de la sentencia, ya que eso debería hacerse a través de un procedimiento administrativo. Por eso, lo que ordena es que se abra un expediente por parte del Consorcio, para revisar la legalidad del procedimiento, y advierte que "muy difícilmente podrá esta polémica actuación del Consorcio superar el obstáculo que supone el dictamen del Consejo Consultivo". 

 

"Todo el proceso se realizó con absoluta transparencia"


En cuanto al resto del comunicado, San Ginés lo dedica a defender la adjudicación del ciclo del agua a Canal de Isabel II, negando las conclusiones de la sentencia y subrayando que otros miembros del Consorcio, como las alcaldesas de San Bartolomé y Yaiza, participaron en el proceso negociado que se abrió tras declarar desierto el concurso.

"Ni Loly Corujo, ni Gladys Acuña ni yo mismo (que fuimos los participantes en el proceso negociado), alteramos ningún pliego de condiciones", sostiene el presidente, que afirma que "todo el proceso se realizó con absoluta transparencia sin que en absoluto se alterase los pliegos en beneficio de Canal Isabel II", en contra de lo que concluye la sentencia.

"Tal es así que, muy al contrario, el resultado de la negociación fue una oferta muy por encima de las condiciones mínimas exigidas en el pliego, que triplicó en términos económicos la segunda de las ofertas en cuanto a la inversión mínima de 15 millones de euros que ofrecieron el resto de las empresas, frente a los 54 millones de euros de inversión que ofreció Canal", afirma San Ginés. Además, "en cuanto al pago único de la deuda, objeto de controversia por su aplazamiento a cinco años", insiste en que "está avalado por el acuerdo de la asamblea del Consorcio publicada en el BOP".

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