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San Bartolomé rechaza el intento de excluirle del reparto de beneficios eólicos con la abstención de CC

El Ayuntamiento considera que la propuesta es "una represalia del presidente del Cabildo" que vulneraría las bases que rigieron el concurso y vuelve a amenazar con "acciones judiciales"

27 de noviembre de 2018 (13:21 CET)
San Bartolomé rechaza el intento de excluirle del reparto de beneficios eólicos con la abstención de CC
San Bartolomé rechaza el intento de excluirle del reparto de beneficios eólicos con la abstención de CC

El Pleno de San Bartolomé aprobó este lunes, con la abstención de CC, PP y de los concejales del Partido Vecinal para el Progreso y Vecinos de San Bartolomé, rechazar la propuesta de la Comisión técnica del Cambio de Modelo Energético para excluir al Ayuntamiento del reparto de los beneficios que generen los parques eólicos hasta compensar la cantidad que el Consistorio reclama por tasas y licencias de los parques que se van a instalar en su municipio. Además, el Ayuntamiento ha anunciado nuevamente que, de adoptarse esta medida, ejercerá "acciones judiciales".

En el acuerdo institucional aprobado se destaca que "la propuesta que se pretende adoptar constituye una represalia del presidente del Cabildo" por "el mero hecho de haber cumplido este Ayuntamiento con el principio de legalidad y girar unas liquidaciones a dos parques eólicos de 9,2 MW  a ubicar en suelo de titularidad municipal, de un canon de obligado pago que imponía directamente una ley autonómica vigente en el momento en que se procede a aprobar la liquidación". Además, se recuerda que  que los tribunales ya han declarado mediante sentencias que dichas liquidaciones son "ajustadas y conformes a derecho". 

El pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé considera que además de ser "arbitraria e injusta", la propuesta "atentaría a los principios de buena fe y confianza legitima consagrados en la Ley de Procedimiento Administrativo". En este sentido, desde el Ayuntamiento se recuerda que "Inalsa, que es la promotora de los parques, no disponía de suelo" y que dado que para acudir al concurso público convocado para el Gobierno de Canarias "era preceptivo aportar documento que acreditase la titularidad o disposición de suelo", San Bartolomé firmó "única y exclusivamente con Inalsa la disponibilidad de suelo" a través de un acuerdo suscrito el 14 de septiembre de 2007 y aprobado en pleno, en "detrimento de otros licitadores al concurso eólico".

Y de llegar a adoptar la propuesta de la Comisión técnica del Cambio de Modelo Energético, según San Bartolomé "se estaría incumpliendo de manera unilateral el citado acuerdo y también se estarían vulnerando las bases del concurso eólico, que obliga a la adjudicataria Inalsa a destinar a los ayuntamientos de la isla e 9% de los ingresos generados por la venta de energía por la totalidad de los parques, de acuerdo con el porcentaje de participación que estos tienen en el Consorcio y que es el siguiente: San Bartolomé 14,18 %, Arrecife 40,28 %, Teguise 12,98 %, Tinajo 05,68 %, Tías 13,58%, Haría 05,38 % y Yaiza 07,95 %".

 

Advierte que "podría acarrear la resolución de la adjudicación a Inalsa"


Así, desde el Ayuntamiento de San Bartolomé se recuerda a los miembros de la Comisión Técnica del Cambio de Modelo Energético, así como a Inalsa "la responsabilidad en la que podrían incurrir", si tal y como dice la propuesta, "no destinan ese 9% de los ingresos  generados por la venta de energía por la totalidad de los parques eólicos y lo utilizan para abonar totalidad del importe de las liquidaciones giradas en concepto de canon urbanístico". 

"Nada tiene que ver lo liquidado en concepto de canon urbanístico con el 9% de los ingresos generados por la venta de energía que establecen las bases del concurso", se afirma desde el Consistorio, desde donde sostienen así que de excluir a San Bartolomé del reparto supondría una vulneración clara, manifiesta e intencionada de los principios de buen fe, confianza legítima y de las bases que rigen el concurso eólico al incumplirse dos de las condiciones esenciales de la adjudicación (la disponibilidad de suelo y el destino del 9% de los ingresos por la venta de energía a una entidad local, constituyen criterios de adjudicación conforme a las bases, por consigue, condiciones esenciales de la adjudicación)". 

Ello "podría acarrear la resolución de la adjudicación a Inalsa de dichos parques eólicos por incumplimiento culpable de la adjudicataria, con un grave perjuicio para la isla, según San Bartolomé, que manifiesta que "nunca se ha opuesto a la instalación de parques eólicos, pero claro siempre que se cumpla con el principio constitucional de legalidad que ha de presidir todas la actuaciones administrativas".

"En definitiva, este Ayuntamiento seguirá velando por el interés general de los vecinos de san Bartolomé y por el cumplimiento del principio de legalidad que debe presidir cualquier actuación administrativa, recordando que en caso de adoptarse dicha propuesta se ejercerán las acciones judiciales de cualquier índole que en derecho correspondan en salvaguarda y defensa de los interese generales de San Bartolomé", se advierte desde el Ayuntamiento, que también acordó el pleno dar trasladado del acuerdo adoptado a la Comisión técnica del Cambio de Modelo Energético, a Inalsa, al Consorcio del Agua y al Pleno del Cabildo. 

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